20 de noviembre 2002 - 00:00
Mañana firman decreto para regular contenidos de la tv
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psíquica de los destinatarios de los mensajes», etc); protección al menor; libertad de información; autores nacionales; programas educativos: partidismo político (las emisoras del Estado no podrán hacer partidismo político).
El viernes último se anticipó en esta sección que el cobro de sanciones no se realizará de aquí en más anualmente sino que será trimestral, y que no regirá la progresión geométrica, que multiplica la deuda de los canales (se sancionará al programa, y la emisora decidirá si se hace cargo de la multa). El canje de la deuda se efectuará con publicidad institucional, no así política, y el Estado se beneficiará pues condonaría su deuda con las emisoras a través de espacio publicitario.
El decreto será suscripto mañana a las 9.30 en el Salón Blanco de la Casa de Gobierno, con la rúbrica de Eduardo Duhalde, el interventor del Comfer Carlos Caterbetti, y representantes de las cámaras del sector, ATA, ARPA, CAPIT, ATVC, ADEPA y la televisión satelital.
Además de los puntos que establece el decreto-ley 22.285, la última modificación en los contenidos se realizó el año pasado, con la firma de una guía, suscripta por el interventor de entonces, Gustavo López, conjuntamente con las cámaras vinculadas a la actividad. Sin embargo, nunca se había comprometido a productores, ni el documento había cobrado el estatuto de decreto. Tampoco mejoró la calidad de la televisión, que siguió degradándose sin pausa.
No podrá incitarse, hasta las 22, a la violancia extrema, física, gestual, verbal o psicológica.
• Durante la totalidad de la programación, los canales habrán de evitar la violencia extrema, la incitación al consumo de sustancias adictivas o la exaltación de los efectos de esas sustancias como positivos, plancenteros o que describan la conducta adictiva.
Será multado todo aquel que promueva contenidos discriminatorios, obscenos, morbosos o pornográficos.
• No podrán publicitarse medicamentos no autorizados por una autoridad competente.
Todo contenido que resulte truculento, sórdido o morboso deberá eliminarse, ya sea que apareciera dentro o fuera del horario de protección al menor. La ley vigente habla de «tratamiento decoroso y sobrio de las las noticias relacionadas con hechos o episodios sórdidos, truculentos o repulsivos».
• La participación activa de menores de 12 años no podrá producirse en programas en vivo, una vez pasadas las 22.
Las alusiones al contenido en la ley vigente (artículos 14 a 25) remiten al uso del idioma, protección al destinatario («las emisiones no deben perturbar en modo alguno la intimidad de las personas, quedan prohibidas las emisiones cuyo contenido atente contra la salud o estabilidad.
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