11 de diciembre 2025 - 11:12

La CNV aprobó un cambio clave en el régimen de información para los Alycs: los detalles

La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó la RG 1094, que moderniza el régimen informativo de los intermediarios y establece reportes mensuales para fortalecer la transparencia, la supervisión y la protección al inversor en el mercado de capitales.

Queda derogado el régimen informativo especial establecido por la RG Nº 624

Queda derogado el régimen informativo especial establecido por la RG Nº 624

Mariano Fuchila

La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó la Resolución General Nº 1094, una normativa que introduce cambios en el régimen informativo aplicable a las Alycs (sociedades de bolsa), con el objetivo de "robustecer la confianza, solvencia y responsabilidad de los intermediarios del mercado de capitales".

El organismo señaló que la actualización apunta directamente a proteger al inversor, uno de los ejes centrales de su gestión, y a mejorar las herramientas de supervisión sobre la situación patrimonial, los pasivos financieros y el grado de apalancamiento de los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyC).

Nuevo régimen informativo para los ALyC

La resolución establece que los ALyC —excepto aquellos inscriptos como Participante Directo y las entidades financieras— deberán remitir información detallada sobre los acuerdos de préstamo o alquiler de valores negociables, tanto los celebrados por cuenta propia como los vinculados a la denominada “cartera propia ampliada”.

La información deberá enviarse a través del formulario específico habilitado en la Autopista de Información Financiera (AIF), herramienta utilizada por la CNV para centralizar y monitorear los datos del mercado.

El organismo destacó que estas medidas están alineadas con los objetivos de preservación de la integridad del sistema financiero, ya que permiten identificar y mitigar potenciales riesgos sistémicos derivados del nivel de exposición financiera de los intermediarios.

Con la entrada en vigencia de la RG 1094, queda derogado el régimen informativo especial establecido por la RG Nº 624. De este modo, los agentes ya no deberán remitir la información diaria prevista anteriormente, un esquema que exigía reportes al finalizar cada jornada operativa.

La CNV justificó este cambio al considerar que el nuevo régimen mensual resulta suficiente para el monitoreo efectivo, a la vez que reduce cargas administrativas sin afectar la capacidad de supervisión del organismo.

Los ALyC, entonces, deberán enviar la información con periodicidad mensual, dentro del tercer día hábil posterior al cierre de cada mes.

Para facilitar el proceso de adaptación, la resolución establece un cronograma específico para la presentación inicial:

  • Información correspondiente a los cierres del 31/08, 30/09, 31/10 y 30/11 de 2025: deberá enviarse hasta el 15 de enero de 2026.

  • Información correspondiente al cierre del 31/12/2025: deberá enviarse hasta el 30 de enero de 2026.

10.12.2025 Cambios al Regimen Informativo de intermediarios para un mercado de capitales mas robusto, responsable y confiable

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