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18 de julio 2026 - 10:00

ANSES entrega un pago único de $258.000: ¿quiénes pueden cobrar este beneficio?

Este monto corresponde a una asignación que se abona una sola vez y debe solicitarse dentro de plazos específicos establecidos por el organismo.

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ANSES mantiene vigente una prestación que puede superar los $258.000 por pareja para quienes cumplan las condiciones establecidas por el organismo.

ANSES mantiene vigente una prestación de pago único destinada a determinados trabajadores registrados y otros grupos alcanzados por el Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF). Con la actualización del 2,15% aplicada desde julio de 2026, por lo que quienes cumplan los requisitos puede cobrar $258.418.

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Se trata de la Asignación Familiar por Matrimonio, un beneficio que no se deposita automáticamente. Los interesados deben presentar la solicitud ante ANSES y cumplir con las condiciones establecidas por el organismo, entre ellas respetar determinados topes de ingresos y realizar el trámite dentro del plazo previsto por la normativa.

El pago forma parte de las asignaciones de pago único, junto con las prestaciones por nacimiento y adopción. El importe se liquida por cada integrante de la pareja que reúna los requisitos, motivo por el cual el monto total puede superar los $258.000, cuando ambos tienen derecho a cobrarlo.

Qué es la Asignación por Matrimonio de ANSES y cómo funciona el cobro doble

La Asignación Familiar por Matrimonio es una prestación económica que ANSES otorga por única vez a quienes contraen matrimonio y se encuentran comprendidos dentro de los regímenes habilitados para recibir este beneficio. No se trata de un bono extraordinario, ni de un programa especial, sino de una asignación prevista dentro del SUAF.

Durante julio, el monto individual es de $129.209. Cuando ambos integrantes de la pareja cumplen con las condiciones exigidas por ANSES, cada uno percibe ese importe, por lo que el ingreso conjunto alcanza $258.418.

El organismo liquida el valor vigente al momento en que se celebró el matrimonio, independientemente de la fecha en la que posteriormente se presente la solicitud. Quienes se casaron durante julio accederán al monto actualizado correspondiente a ese mes, siempre que el trámite se realice dentro del plazo permitido.

La asignación no requiere una inscripción previa antes del casamiento, pero sí es indispensable que el matrimonio figure correctamente registrado en la base de datos de ANSES y que la documentación presentada sea la correspondiente.

Requisitos clave: quiénes tienen derecho a solicitar este beneficio de pago único

La Asignación por Matrimonio no alcanza a todos los beneficiarios de ANSES. Pueden solicitarlo:

En cambio, no tienen derecho a esta asignación los jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) ni los monotributistas, aunque formen parte del sistema de asignaciones familiares. ANSES exige también cumplir con otros requisitos:

El trámite puede realizarse de manera virtual o presencial con turno previo. Para iniciar la gestión se requiere el DNI de ambos integrantes y el acta o partida de matrimonio correspondiente.

Topes de ingresos: los límites salariales exigidos para acceder al cobro en julio de 2026

Además de cumplir con las condiciones personales, la asignación está sujeta a límites de ingresos familiares establecidos por ANSES. Para los matrimonios celebrados durante julio de 2026, el organismo fijó un Ingreso del Grupo Familiar (IGF) máximo de $6.069.688.

Asimismo, ninguno de los integrantes puede superar individualmente el tope de ingresos previsto para acceder a las asignaciones familiares. Si alguno de esos límites es superado, la pareja pierde el derecho a percibir la asignación, incluso cuando reúna el resto de los requisitos. Tope máximo por integrante individual: $3.034.844 brutos.

Los topes se actualizan junto con el resto de las asignaciones familiares, por lo que ANSES recomienda verificar siempre los valores vigentes antes de iniciar el trámite.

La normativa establece que el trámite debe realizarse una vez transcurridos al menos dos meses desde la celebración del matrimonio y antes de que se cumplan dos años del evento. Superado ese período, ya no es posible acceder al cobro.

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