Empresas podrán comprar barbijos N95 para sus empleados

Para priorizar el cuidado de los trabajadores de salud se había limitado la venta de barbijos sólo a quienes pudieran acreditar esta condición.

Cuando se declaro al uso del barbijo como obligatorio, las ventas colapsaron, siendo así que muchas personas no logren conseguir su tapabocas correspondiente.

Cuando se declaro al uso del barbijo como obligatorio, las ventas colapsaron, siendo así que muchas personas no logren conseguir su tapabocas correspondiente.

Pixabay

La venta de los barbijos quirúrqicos "tri-capa" y de tipo N95, que estaba limitada a trabajadores de la salud que pudieran acreditar su condición, fue ampliada a "personas jurídicas que los adquieran para la protección de sus empleados", según la Resolución 144/2020 publicada hoy en el Boletín oficial.

La medida, adoptada por la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo, comenzó a regir hoy y tendrá vigencia hasta que el organismo lo determine.

La decisión se basa en que, dada la flexibilización del aislamiento social para el funcionamiento de determinadas actividades ,"se ha verificado la necesidad por parte de ciertas empresas de proveer a sus trabajadoras y trabajadores de barbijos de alta seguridad del tipo N95 y/o TRI-CAPA, en razón de las particularidades de sus procesos productivos".

Desde el inicio de la pandemia, los barbijos formaron parte de los insumos sanitarios críticos y el ministerio instó a las empresas a aumentar su producción, así como fijó precios máximos de comercialización.

Además, ante a la escasez del insumo en el mercado y frente a la necesidad de priorizar el cuidado de los trabajadores de salud se había limitado su venta sólo a quienes pudieran acreditar esta condición.

Fue el momento en que se declaro al uso del barbijo como obligatorio cuando las ventas colapsaron, siendo así que muchas personas, de distintas áreas, no logren conseguir su tapabocas correspondiente.

"Ante la actual coyuntura, resulta menester modificar la limitación de comercialización de los barbijos tipo N95 y/o quirúrgico y/o Tri-capa establecida en el Artículo 4º de la Resolución N° 114/20 de la Secretaría de Comercio Interior, incluyendo entre los sujetos autorizados a las personas jurídicas que los adquieran para la protección de sus empleados y/o dependientes", indican los considerandos de la norma publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma de Paula Español.

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