El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad de Buenos Aires confirmó este viernes la constitucionalidad de la ley de alquileres de CABA (5.859) que establece, entre otras cuestiones, el pago a cargo del propietario de la comisión inmobiliaria en los casos de locaciones urbanas de vivienda.
Un fallo del TSJ de la Ciudad rechazó un amparo de los corredores inmobiliarios
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad de Buenos Aires rechazó una demanda interpuesta por el Centro de Corredores Inmobiliarios y por el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios (CUCICBA), que solicitaba la declaración de inconstitucionalidad de la ley de alquileres de CABA.
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De esta forma se rechazó una demanda interpuesta por el Centro de Corredores Inmobiliarios y por el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios (CUCICBA), que solicitaba la declaración de inconstitucionalidad de dicha Ley.
Apoderados del Centro de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires-Asociación Civil, interpusieron acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de que se dejen sin efecto la Ley N° 5859 y su decreto reglamentario.
Entre los argumentos para el amparo habían planteado que "que la Ley N° 5859 impide a los corredores inmobiliarios, en el marco de un contrato de locación con destino a vivienda única, percibir la comisión correspondiente de parte de los locatarios que sean personas físicas y, al mismo tiempo, limita y tarifa la posibilidad de concertar en la misma operación la comisión respecto de los locadores".
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