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Comisión bicameral: se trata el decreto sobre las restricciones

Ante el aumento de casos de coronavirus, se convocó para esta mañana el análisis de las medidas dispuestas por el presidente Alberto Fernández.

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Senado

Ante las nuevas restricciones que rigen hasta el 11 de junio inclusive, la comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo se reunirá hoy para analizar el último decreto del Poder Ejecutivo, que establece nuevas restricciones para alivianar los resultados de la segunda ola de la pandemia de coronavirus en el país.

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La comisión que preside el diputado nacional Marcos Cleri (Frente de Todos), convocó para las 10 el análisis de las medidas dispuestas el pasado 21 de mayo por el presidente Alberto Fernández.

Se trata del DNU 334/2021, por el cual se prorrogó el DNU N° 287/21, con medidas de aislamiento estricto aplicables a lugares en alto riesgo epidemiológico y sanitario o en situación de alarma epidemiológica y sanitaria entre el 22 de mayo y el 30 de mayo y el fin de semana del 5 y 6 de junio.

El decreto, que incluye una serie de excepciones, señala en sus fundamentos que el nivel actual de circulación viral "produce un altísimo riesgo de saturación del sistema de salud, evidenciado por la ocupación de camas y el número de personas internadas en UTI y genera demanda crítica de insumos necesarios para la atención de los pacientes".

El nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) mantiene en forma general hasta el 11 de junio:

Establece además que para las zonas de "bajo riesgo" se aplican las reglas de conducta generales, los protocolos aprobados para cada actividad y el aforo del 50% en superficies cerradas, y rigen las suspensiones establecidas para todo el país, informó oficialmente el Gobierno nacional.

En las zonas de "mediano riesgo" será facultad y responsabilidad de los gobernadores adoptar "en forma temprana" medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.

En tanto, en las regiones donde la circulación del virus alcanza altos niveles, podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos al aire libre de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias, sin necesidad de tramitar el permiso para circular para estas actividades.

No obstante, no se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, y tampoco se podrá circular afuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.

La gastronomía solo podrá trabajar mediante delivery y take away, refiere el DNU, mientras que el transporte público quedará habilitado para las personas autorizadas para el desempeño de sus actividades, los casos especiales, atención de salud y vacunación, quienes deberán portar el "Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia Covid-19".

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