9 de octubre 2023 - 00:00

Cuándo cobro ANSES: calendario de pagos de Asignaciones de Pago Único y prestación por Desempleo

ANSES confirmó las fechas de cobro para otras prestaciones más, aparte de las jubilaciones y pensiones. Enterate más.

ANSES.

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Ignacio Petunchi

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) dio a conocer el día por día de pagos de octubre de manera oficial. Las fechas que se suman oficialmente al calendario son las Asignaciones Familiares de Pago Único (Matrimonio, Nacimiento y Adopción) y la Prestación por Desempleo.

En tanto, todos los jubilados y pensionados también ya tienen sus días de cobro, al cual se les suman dos bonos extras: aparte de su haber mínimo, recibirán la segunda cuota del refuerzo de $37.000 (la tercera será en noviembre por el mismo monto) y, quienes cobren hasta un haber mínimo y medio recibirán el segundo extra que será $15.000 correspondiente al Refuerzo Alimentario.

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Por ende todos los jubilados cobrarán, de mínima, hasta poco más de $124.000 sólo en octubre.

ANSES: calendario de pagos de octubre completo

Asignaciones de Pago Único

El organismo previsional de la Argentina cuenta, entre sus prestaciones y pensiones, una que se paga sólo una vez para quiénes la hayan solicitado. Existen tres tipos de Asignaciones de Pago Único (APU), a saber:

  • Por matrimonio.
  • Por adopción.
  • Por nacimiento.

Asignaciones APU: cuándo cobro octubre 2023

  • Todas las terminaciones de documentos: 6 de octubre al 13 de noviembre
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Prestación por Desempleo

Día por día y por orden de terminación de documento, cuando les toca cobrar a los inscritos en esta prestación:

  • DNI terminados en 0 y 1: 23 de octubre
  • DNI terminados en 2 y 3: 24 de octubre
  • DNI terminados en 4 y 5: 25 de octubre
  • DNI terminados en 6 y 7: 26 de octubre
  • DNI terminados en 8 y 9: 27 de octubre

Asignaciones APU: requisitos

Los requisitos para solicitar una Asignaciones de Pago Único (APU) por Nacimiento o Adopción son los mismos en ambos casos:

  • En el caso de nacimiento, la/el menor debe tener entre 2 meses y 2 años.
  • En el caso de adopción, el trámite debe realizarse dentro de los 2 meses y 2 años de dictada la sentencia.
  • Los ingresos individuales y del grupo familiar no deben superar los topes máximos vigentes al momento del nacimiento o fecha de la sentencia de adopción.
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Prestación por Desempleo: ¿quiénes pueden acceder?

  • Despedida/o sin justa causa: quiénes hayan recibido telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada de la empleadora o empleador.
  • Despedida/o por quiebra o concurso preventivo de la empleadora o empleador: a través de nota del síndico/a certificando la disolución del contrato laboral; de sentencia de quiebra autenticada por juzgado; de telegrama de la empleadora o empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
  • Resolución del contrato de trabajo por denuncia de la trabajadora o trabajador fundada en justa causa: mediante el telegrama de intimación y/o telegrama de desvinculación laboral enviados por la trabajadora o trabajador.
  • No renovación de un contrato a plazo fijo: quiénes hayan recibido copia del contrato de trabajo vencido.
  • Fallecimiento de una empleadora o empleador unipersonal: mediante la copia certificada del acta o partida de defunción.
  • En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: mediante certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.

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