El Gobierno publicó este martes en el Boletín Oficial la Resolución 160/2025 de la Jefatura de Gabinete, que modifica la segmentación utilizada para distribuir el monto considerado pago a cuenta de impuestos nacionales por la cesión obligatoria del 5% del tiempo de programación que los servicios de comunicación y televisión por suscripción deben destinar a fines electorales, según la Ley 26.215.
El Gobierno actualizó la segmentación para el reparto de espacios electorales en TV por suscripción
La resolución 160/2025 de la Jefatura de Gabinete actualiza los criterios tras los cambios normativos introducidos por el DNU 70/2023.
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Que dice la Resolución 160/2025
La decisión sustituye el Anexo de la Resolución 675/2023 y se fundamenta en los cambios producidos en el marco regulatorio tras el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, que declaró la emergencia pública y redefinió el régimen aplicable a los servicios de radiodifusión por suscripción. El texto recuerda que el DNU avanzó con la “eliminación de barreras y restricciones estatales” y sostuvo que “resulta menester otorgarle al sistema de comunicaciones mayor libertad para su desarrollo”.
En ese contexto, el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) tomó intervención para adecuar las normas vigentes, luego de que la Resolución 1094/2024 derogara el Reglamento General de los Servicios de Televisión por Suscripción aprobado en 2020.
La nueva medida, firmada por el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, dispone que el monto previsto en el artículo 1° del Decreto 342/2023 será distribuido “en forma igualitaria dentro de cada segmento”, según los porcentajes del Anexo actualizado que integra la Resolución 160/2025.
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