Inspecciones en countries y barrios cerrados por el registro de empleadas domésticas

El ministerio de Trabajo bonaerense realizó operativos en Lobos, San Isidro, Almirante Brown, La Plata y San Vicente. Buscan facilitar la registración, que puede hacerse 100% online a través de la AFIP.

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El ministerio de Trabajo bonaerense realizó inspecciones en countries y en barrios cerrados de la provincia de Buenos Aires con el objetivo de fiscalizar el trabajo de empleadas domésticas, a través del control de los registros de ingreso y egreso a esos predios.

Las trabajadoras de casas particulares están a cargo, en su mayoría, de hogares monoparentales y suelen desempeñar su trabajo en la informalidad, con vulneración de sus derechos laborales, algo que convirtió a ese sector en uno de los más castigados por la pandemia del coronavirus.

La Subsecretaría de Inspección del Trabajo realizó operativos en countries ubicados en los distritos de Lobos, San Isidro, Almirante Brown, La Plata y San Vicente.

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El personal del Ministerio requirió a las administraciones que presenten registros de ingreso y egreso de personas para determinar la cantidad de trabajadores/ras que prestan servicio en los barrios, cantidad de días y horas de su jornada laboral y su situación registral.

El objetivo de estas inspecciones es que empleadores/as, registren a las trabajadoras de casas particulares y presenten la debida información ante el Ministerio de Trabajo bonaerense, para el alta en el Registro Especial de Personal de Casas Particulares, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones establecidas en el Regesil (Ley Provincial 12.415).

Las inspecciones sobre countries y barrios cerrados habían comenzado en octubre y, como resultado de esas tareas, se infraccionó a cuatro administraciones que no realizaron ninguna presentación sobre sus registros de trabajadores.

La Subsecretaría de Inspección del Trabajo procedió, de esta manera, a infraccionarlos por obstrucción a la actuación de la autoridad administrativa del trabajo, una figura que está prevista en el artículo 8 del Régimen General de Sanciones por Infracciones laborales, ratificado por la ley provincial 12.415.

Tras la notificación de la infracción, las administraciones tienen cinco días hábiles para formular un descargo y cumplido eso plazo, la Subsecretaría de Inspecciones puede efectivizar la multa.

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