10 de mayo 2012 - 22:29
Fallo avala la prostitución en ámbitos privados
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En primera instancia, se consideró que no había elementos "para presumir que en el domicilio citado se estuviera violando la ley de profilaxis", ya que "sólo puede deducirse que en el lugar habría tres mujeres que estarían brindando servicios sexuales a cambio de dinero".
"La actividad que allí se desarrollaría sería lícita, toda vez que no existe ni el menor indicio de la existencia de persona alguna que explote, promueva o facilite la prostitución", afirmaron los camaristas Luis Bunge Campos y Gustavo Bruzzone.
Asimismo, los jueces rechazaron la medida propuesta por la fiscalía para intervenir los teléfonos: "las medidas de prueba solicitadas por la acusadora implican la restricción de garantías constitucionales. La ausencia de motivos que las justifiquen debidamente, imponen su rechazo".



