El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (IPS) otorga una gran variedad de asignaciones a diferentes trabajadores de distintas áreas que a veces no suelen recibir un salario formal o un reconocimiento a sus labores.
IPS Buenos Aires otorga un subsidio de por vida a este grupo de trabajadores
El organismo provincial tiene entre sus asignaciones una particular para los bomberos voluntarios, enterate qué requisitos pide y cómo obtenerla.
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Autoridades de la Federacion de Asociaciones de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Buenos Aires
Uno de los casos es el de Bomberos Voluntarios, que se trata de un servicio ad honorem: quienes realizan estos trabajos no perciben un salario del Estado y, con el objetivo de un reconocimiento al esfuerzo realizado, se prevé esta asignación especial.
En cada municipio de la Provincia existe un cuartel de Bomberos Voluntarios dispuesto así por la ley Provincial 12738, y están regulados por la Federacion de Asociaciones de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Buenos Aires.
IPS Buenos Aires: quiénes pueden solicitar el subsidio para bomberos voluntarios
Los trabajadores habilitados para recibir este subsidio de por vida son todos los Bomberos Voluntarios que formen parte de las instituciones bomberiles reconocidas como tales a lo largo y a lo ancho de la Provincia de Buenos Aires. Para ésto, deben haber prestado servicio al menos 25 años, y quienes superen los 60 años de edad, al menos 20.
Además existen asignaciones para trabajadores que se hayan accidentado y resulten incapacitados a consecuencia de esta labor.
IPS Buenos Aires: requisitos para solicar el subsidio para bomberos voluntarios
Los requisitos para acceder a la asignación son:
- Poder acreditar la prestación de servicio durante al menos 25 años seguidos en alguna asociación bomberil de la Provincia.
- Estar actualmente prestando servicio, superar la edad de 60 años y haber trabajado ininterrumpidamente al menos por 20 años.
- Haber sido incapacitado parcial o totalmente por la labor de bombero de manera tal que la lesión impida seguir trabajando.
- En este caso de incapacidad, los solicitantes deben haber prestado al menos 13 años de servicio en forma alternada, u 11 de manera consecutiva.
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