El Instituto de Previsión Social (IPS) es el organismo que se encarga de pagar jubilaciones y pensiones a todos los afiliados de la provincia de Buenos Aires que hayan aportado servicios a esta caja durante su período laboral. Para iniciar este trámite, es posible realizarlo de manera presencial, obteniendo previamente un turno para un establecimiento del organismo, o bien de manera virtual a través del sistema de autogestión "Mi IPS".
IPS: ¿Cómo tramitar la jubilación ordinaria en 2025?
Toda la información necesaria para saber cómo obtener este beneficio en el organismo previsional bonaerense
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No obstante, para poder ser jubilado del organismo previsional bonaerense, es necesario contar con la cantidad de aportes necesaria y la edad establecida por esta caja para poder hacer el trámite. En caso de haber realizado aportes de servicios a cualquier otra caja, es necesario hacer un reconocimiento. Y sólo se podrá obtener el beneficio en este organismo si la mayor parte de los servicios prestados fueron aquí.
Quiénes pueden acceder a la jubilación ordinaria en IPS en 2025
Pueden iniciar una jubilación ordinaria aquellos que reúnan los siguientes requisitos:
- 60 años de edad y 35 años de servicios;
- 50 años de edad y 25 años de servicios docentes
- 55 años de edad y 30 años de servicios docentes en cualquiera de las ramas de la enseñanza;
- 50 años de edad y 25 años de servicios insalubres o agotamiento prematuro
- 40 años de edad y 20 de servicios al personal artístico que se desempeñe exclusivamente en cuerpo de baile.
Cumplidos los requisitos establecidos en este inciso, el bailarín que opte por continuar en actividad deberá someterse al examen de una junta calificadora, integrada por médicos y autoridades en la materia artística, quiénes podrán autorizar, en cada oportunidad, prórroga por períodos de un año.
- 45 años de edad y 20 años de servicios para aquella persona afectada de ceguera congénita;
- 45 años de edad y 20 años de servicios para aquella persona bajo el régimen de la ley 10593;
Modalidades del trámite
Las modalidades posibles para este trámite son dos. En primer lugar, el cierre de cómputos, que es el cese en una determinada fecha. Esta opción le permite al empleado seguir trabajando hasta la fecha de obtención del beneficio. Para ello debe poseer los requisitos jubilatorios y llenar las planillas correspondientes, las mismas deben ser presentadas vía Jerárquica donde el Organismo avalará la renuncia correspondiente mediante firma y sello respectivo.
La otra modalidad posible es el cese definitivo. Que es cuando el trabajador finaliza su empleo.
Documentación necesaria
La documentación necesaria general es la siguiente para todos los que deseen la jubilación ordinaria:
- Formulario 136;
- DNI frente y reverso (original y copia) del o la solicitante;
- Constancia de CUIL o CUIT impresa. En caso de ser extranjero certificación de CUIL provisoria, expedida por ANSES
- Cuatro (4) pantallas ANSES
- Último recibo de sueldo (original y copia);
- Certificación de servicios (original), deben estar certificados, los 36 meses consecutivos o los 60 meses alternados del mejor cargo;
- Acto administrativo de cese (original);
- Poder/ Carta poder (opcional)
Cómo empezar la jubilación en IPS
El trámite puede ser iniciado de diferentes maneras. Como hemos mencionado anteriormente, se puede hacer de forma presencial con un turno previo en cualquier establecimiento del IPS o de manera virtual a través del sistema de autogestión mi IPS. Pero también existen otras modalidades y de eso dependerá el trabajo que tenga el solicitante. Por ejemplo:
Jubilación ejecutiva: Este trámite está destinado a aquellos cesados de la Administración pública que se rigen bajo el sistema de SIAPE. Deberá dirigirse a la Dirección de recursos humanos de su organismo Empleador.
Jubilación por agotamiento prematuro: Este tipo de beneficio se otorga antes de cumplir con los años de servicio requeridos y el límite de edad. En caso de que no corresponda efectuar cargo deudor por aportes no efectuados, deberán concurrir al Departamento de gestión de Recursos Humanos del Hospital donde trabaja. En caso de sí necesitarlos, deberán realizar las solicitud en el IPS.
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