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3 de noviembre 2026 - 13:00

Jubilaciones y asignaciones de ANSES: oficializan el aumento de noviembre y el nuevo piso de ingresos

Con referencia en los precios, cambian los valores previsionales y los rangos familiares, mientras continúa un refuerzo extraordinario para ingresos bajos.

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Los haberes previsionales tendrán una nueva actualización durante noviembre, en el marco del esquema de movilidad mensual.

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó los nuevos valores de jubilaciones, pensiones y asignaciones familiares que entrarán en vigencia durante noviembre de 2026. La actualización será del 1,93% y alcanzará tanto a los haberes previsionales como a los montos y límites de ingresos utilizados para determinar el acceso a distintas prestaciones.

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Con los cambios, la jubilación mínima se ubicará en $444.158,46, mientras que el haber máximo llegará a $2.988.765,82. A esas cifras se suma el bono extraordinario de hasta $70.000, cuya continuidad para noviembre fue dispuesta mediante el decreto 1296/2026.

La liquidación mensual incluye distintos conceptos y puede presentar diferencias según la situación de cada beneficiario.

Cómo impacta el último dato de inflación del INDEC en los haberes de ANSES

El incremento aplicado en noviembre toma como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de septiembre, que fue del 1,9% mensual, según informó el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) el 13 de octubre. El porcentaje de movilidad quedó establecido en 1,93%, con dos decimales, para actualizar los importes del sistema previsional.

El mecanismo responde al esquema establecido por el Decreto 274/2024, que dispuso actualizaciones mensuales vinculadas con la evolución del IPC nacional. En términos prácticos, los haberes se modifican tomando como referencia la variación de precios de dos meses antes. Así, el dato de septiembre determina el ajuste que se cobra en noviembre.

La Resolución 303/2026 también estableció una suba del 1,93% para las asignaciones familiares, incluidos sus rangos y límites de ingresos. Esto significa que el reajuste no se limita a quienes cobran una jubilación: también alcanza a trabajadores registrados, titulares de pensiones y otros grupos contemplados en la Ley 24.714.

Cuál es el monto total que percibirán los jubilados que cobran la mínima

Con la aplicación de la movilidad, el haber mínimo garantizado quedó establecido en $444.158,46. A esa suma se agrega el bono extraordinario de hasta $70.000, confirmado para noviembre por el Decreto 1296/2026.

De esta manera, quienes perciban una jubilación mínima y reúnan las condiciones previstas para recibir el refuerzo tendrán un ingreso total de $514.158,46 durante el mes.

El bono no forma parte del haber mensual ni se incorpora a la base sobre la que se calculan los aumentos posteriores. Se trata de un pago extraordinario, no remunerativo y sujeto a los parámetros establecidos en la normativa.

Esta distinción es clave porque el incremento del 1,93% se aplica sobre la prestación previsional, mientras que el refuerzo se liquida por separado.

También se actualizaron otros beneficios previsionales. La Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) quedó fijada en $355.326,77, mientras que la Prestación Básica Universal (PBU) pasó a $203.182,22. En el caso de las pensiones no contributivas por invalidez y vejez, el valor de referencia es de $310.910,91.

Si se incorpora el refuerzo completo, los titulares de PUAM llegarán a $425.326,77, mientras que quienes perciban una PNC de ese valor general podrán alcanzar los $380.910,91.

Los ingresos familiares y los límites establecidos por el organismo determinan las condiciones para acceder a distintas prestaciones.

Topes y escalas: cómo se calculan los incrementos proporcionales para quienes superan la mínima

El bono previsional tiene un límite de $70.000, pero eso no significa que todos los jubilados que superen la mínima queden automáticamente excluidos. El esquema contempla un pago proporcional para quienes tienen un haber superior al mínimo, aunque no llegan al umbral establecido para cobrar sin reducción.

El cálculo contempla la suma de las prestaciones previsionales vigentes de cada titular, según las condiciones del decreto. También alcanza a beneficiarios de la PUAM y de pensiones no contributivas comprendidas en la normativa.

En paralelo, la Resolución 303/2026 modificó los límites para acceder a las asignaciones familiares. El nuevo tope individual quedó en $3.271.814, mientras que el máximo de ingresos del grupo familiar se estableció en $6.543.628.

Si uno de los integrantes supera el límite individual, el grupo queda excluido del cobro de estas prestaciones, aunque la suma de los ingresos familiares no supere el máximo general.

Para determinar el ingreso del grupo familiar (IGF), ANSES considera los salarios, las jubilaciones y pensiones, las prestaciones por desempleo, los planes sociales contemplados y otros ingresos computables de ambos progenitores. La escala también determina cuánto corresponde cobrar por hijo, prenatal y otras asignaciones.

El sistema tiene particularidades que pueden modificar la liquidación: la zona de residencia, la composición familiar y los ingresos declarados son algunos de los factores que intervienen. Además, la asignación por hijo con discapacidad cuenta con reglas específicas y no tiene los mismos límites de ingresos que las prestaciones ordinarias.

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