31 de octubre 2008 - 00:00
Juez justifica el fallo que impide a la Policía detener a menores
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El pedido por el cual falló el juez había sido presentado por el titular de la Defensoría Oficial Nº 16 de La Plata, Julián Axat, quien planteó en el hábeas corpus que los niños, niñas y jóvenes de esta ciudad "padecen una amenaza actual, inminente y potencial a partir del cercenamiento de su libertad ambulatoria, realizado con motivo de ilegales, arbitrarias e inconstitucionales figuras policiales que se llevan a cabo sin el debido control judicial del fuero especializado".
El funcionario judicial sostuvo que estas "figuras policiales" son las "contravenciones", "detención por averiguación de identidad", aprehensiones registradas como "entrega de menor" y "pedidos de captura" o averiguaciones de paradero de menores no actualizadas, de acuerdo con lo señalado por el diario El Día de esta ciudad.
Axat denunció que pese a regir el nuevo fuero juvenil persiste un sistema "policial-discrecional subterráneo, sin control judicial alguno, que ejercita la policía, para privar de la libertad a menores de 18 años, bajo figuras o vías de hecho anacrónicas (contravención y averiguación de identidad), o sin justificativo, pero registradas bajo el lema 'entrega menor', vinculadas al espíritu del viejo sistema denominado Patronato de la Infancia y Proceso Inquisitivo".
El defensor oficial consideró que la privación de la libertad policial de menores de 18 años por aplicación de figuras contravencionales "constituye rémoras de actos policiales que provienen de la antigua potestad de policía del Estado, cuyo origen puede ser hallado en el control de la moralidad, la higiene, orden público y las buenas costumbres de la población".
Sostuvo, en tanto, que la detención de menores de edad por averiguación de identidad "encuentra su justificación en viejas políticas 'de mano dura' estatal que prefieren anticiparse al delito por medio de un severo control social de los sectores vulnerables, detectando la presencia de posibles sospechosos en determinados lugares".
En el caso de la figura denominada "entrega de menor", el funcionario remarcó que "constituye una vía de hecho administrativa, carente de todo sustento normativo".
Axat señaló que "todas esas prácticas deben quedar de lado y ser declaradas ilegales, pues ponen en riesgo continuo la libertad ambulatoria de los menores, a la vez que resultan incompatibles con el nuevo sistema de protección y promoción de derechos".
El juez Arias, en su fallo, sostuvo que "no resulta razonable que habiendo renunciado el Estado a la posibilidad de sancionar penalmente a un menor de 18 años por la comisión de determinados delitos, se promueva la aplicación de sanciones a los mismos por infracciones contravencionales".
Consideró además que la aprehensión de un menor para constatar su identidad y determinar si alguna autoridad lo requiere penalmente, teniéndolo demorado por varias horas, "constituye una privación de la libertad arbitraria, ilegal e inconstitucional".




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