La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de comercialización, uso y distribución de varios productos cosméticos infantiles, artículos capilares y un medicamento utilizado para el mal de altura, tras detectar irregularidades en su registro sanitario.
La ANMAT prohibió cosméticos infantiles, productos capilares y un medicamento contra el mal de altura
El organismo ordenó retirar del mercado productos de maquillaje para niños, alisadores para el cabello y comprimidos para el soroche por falta de registro sanitario y riesgo para la salud.
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La ANMAT prohibió cosméticos infantiles, productos capilares y un medicamento tras detectar irregularidades en sus registros sanitarios.
Las medidas fueron oficializadas mediante distintas disposiciones publicadas en el Boletín Oficial, luego de tareas de fiscalización realizadas por áreas técnicas del organismo.
A través de la disposición 1388/2026, la ANMAT ordenó suspender el uso, venta, distribución y publicidad de varios cosméticos infantiles al comprobar que carecen de inscripción sanitaria.
La prohibición alcanza a brillos labiales y bálsamos identificados con las marcas “MISS BEETY”, “POLA AYIR”, “MAGIC”, “HOLD MORNING” y “MAGIC YOUR LIFE”, que quedarán vedados hasta que regularicen su situación conforme a la normativa vigente.
La decisión se tomó luego de controles realizados por el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal, dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud, durante inspecciones en comercios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Tras consultar la base nacional de registros, el organismo indicó que no se encontraron inscripciones de esos productos con los datos consignados en su rotulado.
La Ley N.º 16.463 establece en su artículo 19 la prohibición de circulación de productos impuros o ilegítimos, mientras que la Resolución ex MS y AS N.º 155/98 exige que los cosméticos estén inscriptos y habilitados ante la ANMAT.
Las autoridades advirtieron que, al no contar con registro ni información sobre su origen, no es posible garantizar que hayan sido elaborados bajo condiciones higiénico-sanitarias adecuadas ni que contengan ingredientes autorizados, lo que representa un potencial riesgo para la salud.
Medicamento sin autorización
En paralelo, mediante la disposición 1389/2026, el organismo prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el país del producto “PUNACAP comprimidos recubiertos para el mal de altura (SOROJCHI)”, elaborado por Laboratorios DELTA S.A.
La medida fue adoptada tras una inspección del Servicio de Fiscalización de Cadena de Comercialización, dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud, realizada en la farmacia General Belgrano SRL, en Tilcara, Jujuy.
Durante el control se detectó la venta del medicamento sin que el responsable del establecimiento pudiera acreditar su procedencia ni presentar la documentación correspondiente.
Además, el producto —en su presentación de 100 comprimidos, lote 42709251 con vencimiento en septiembre de 2030— no figura inscripto en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) de la ANMAT.
El organismo también señaló que el Laboratorio Químico Farmacéutico Industrial Delta S.A. no cuenta con habilitación ante la autoridad sanitaria y que no se identificó un importador autorizado, lo que impide verificar su trazabilidad.
Ante la falta de registros y controles, la autoridad sanitaria concluyó que no puede garantizarse la seguridad, eficacia ni calidad del medicamento, compuesto por paracetamol 450 mg, acetazolamida 250 mg y cafeína 30 mg.
Prohibición de productos capilares
Por otra parte, la disposición 1390/2026 estableció la prohibición de uso, comercialización, publicidad, publicación en plataformas de venta online y distribución de diecisiete productos capilares de la marca “EMILSE ALISADOS”, en todas sus presentaciones, lotes y fechas de vencimiento.
La decisión también se originó en tareas de fiscalización del Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal, que detectó publicaciones y ofertas de estos artículos en canales electrónicos y comercios sin datos de inscripción sanitaria.
Entre los productos alcanzados figuran distintos tratamientos y alisadores, como alisado express, alisado con aceite de argán, alisado definitivo, alisado marroquino, botox capilar, queratina hidrolizada, keratina express, restaurador S.O.S., reparación S.O.S., reparador de puntas y máscara capilar tutti frutti, entre otros.
La ANMAT indicó que, al no encontrarse registrados en la base oficial, los productos son considerados ilegítimos y no ofrecen garantías sobre su elaboración ni sobre los ingredientes utilizados.
El organismo advirtió además que los alisadores capilares no registrados pueden contener formol (formaldehído), una sustancia prohibida como activo alisante por sus riesgos sanitarios.
Según explicaron, la exposición a este compuesto puede provocar irritación, ardor, enrojecimiento, lagrimeo y afecciones respiratorias, mientras que la exposición prolongada se asocia a hipersensibilidad, dermatitis alérgica e incluso carcinomas, principalmente nasofaríngeos.
Por ese motivo, el Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria intervino para gestionar la baja de las publicaciones online.
Las autoridades señalaron que la prohibición se mantendrá hasta que los productos regularicen su situación y obtengan la correspondiente autorización sanitaria ante la ANMAT.







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