Desde este año, ARCA implementará un nuevo mecanismo de control que permitirá el bloqueo automático de tarjetas, transferencias y billeteras virtuales, tanto para personas como para comercios que presenten inconsistencias impositivas. La medida se enmarca en una estrategia de fiscalización más estricta y apunta a limitar las operaciones electrónicas cuando se detecten situaciones de riesgo fiscal.
Por qué ARCA puede bloquear cuentas bancarias y billeteras virtuales
El organismo implementará nuevas reglamentaciones para controlar las inconsistencias y regulaciones en las cuentas de sus afiliados.
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Las restricciones se mantendrán hasta que el contribuyente regularice su situación administrativa.
El alcance de la decisión tendrá impacto directo en el uso diario del sistema financiero, ya que prevé la suspensión de pagos digitales, cobros mediante QR y movimientos bancarios. En este contexto, quienes registren alertas podrían enfrentar restricciones para operar hasta regularizar su situación ante el organismo.
A quiénes puede limitar ARCA las operaciones bancarias
El nuevo régimen no alcanzará a la totalidad de los contribuyentes. De acuerdo con lo informado, la medida estará orientada únicamente a quienes formen parte de la denominada Base de Contribuyentes no Confiables, un registro interno en el que se incorporan CUIT con incumplimientos fiscales o desfasajes relevantes entre ingresos, declaraciones y movimientos financieros.
En ese listado se incluyen personas físicas y jurídicas que registran deudas, omisiones en la presentación de declaraciones juradas o diferencias significativas entre los ingresos informados y los movimientos reales detectados por el sistema financiero.
Una vez que un CUIT es incorporado a esa base, los bloqueos se aplican de forma inmediata, mediante una intervención coordinada con el Banco Central de la República Argentina, que notifica la medida a bancos, emisores de tarjetas y empresas fintech.
Las operaciones diarias que pueden suspenderse
En la práctica, el alcance de la medida será amplio. El organismo podrá bloquear transferencias bancarias, pagos y cobros mediante códigos QR, el uso de tarjetas de crédito, débito o prepagas, así como los movimientos a través de billeteras virtuales.
También quedarán afectados los cobros electrónicos en comercios físicos y tiendas online, lo que podría generar dificultades operativas, especialmente para pequeños negocios que dependen casi exclusivamente de los medios de pago digitales.
Las restricciones se mantendrán hasta que el contribuyente regularice su situación administrativa. Para ese fin, se habilitó un apartado específico desde el cual será posible presentar la documentación requerida y gestionar la corrección del CUIT.
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