27 de enero 2004 - 00:00

Archivaron denuncias contra Aznar por guerra de Irak

El Tribunal Supremo español ha archivado las querellas y denuncias formuladas por una decena de miles de ciudadanos que exigían al presidente del Gobierno, José María Aznar, responsabilidad penal por la participación de España en la guerra de Irak sin autorización previa de las Cortes Generales.

En un auto divulgado hoy, la corte señala que, para que sea incoado un procedimiento penal por un delito relacionado con la declaración de guerra sin cumplir lo dispuesto en la Constitución, es necesario que se plantee por iniciativa de la cuarta parte de los miembros del Congreso.

Igualmente debería contar con la aprobación de la mayoría absoluta del mismo, al tratarse de un tipo encuadrado en los delitos de traición.

Al no cumplirse esta premisa, no procede que el Supremo se pronuncie como pretende la parte querellante ni sobre la legalidad internacional del conflicto, ni sobre la significación de la denominada Declaración de Azores como supuesto equivalente formal de una declaración de guerra, ni sobre la naturaleza de la participación de las tropas españolas en la intervención.

Los querellantes ampliaban su exigencia de responsabilidades a los titulares españoles de Defensa, Federico Trillo, y de Asuntos Exteriores, Ana Palacio, y al primer ministro británico, Tony Blair.

También pedían responsabilidades por la naturaleza de las acciones bélicas realizadas durante los bombardeos y la invasión de Irak, actuaciones que calificaban de "delitos contra personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado".

Al respecto, el tribunal indica que estas actividades y el empleo de medios prohibidos, como uranio enriquecido o bombas de racimo, "no son penalmente imputables a los querellados", pues se trata de "acciones supuestamente realizadas por las fuerzas norteamericanas y británicas, sin que los querellados hayan tenido dominio alguno sobre la dirección específica de las referidas operaciones bélicas".

"La responsabilidad penal es estrictamente personal y en este ámbito dicha responsabilidad no puede surgir del mero apoyo político o logístico a las acciones bélicas de la coalición", subraya.

Sobre la extensión de la denuncia a Blair, el Supremo considera que "es claro que, con independencia de las normas internacionales de inmunidad que amparan a los jefes de Gobierno extranjeros en ejercicio", la Sala de lo Penal del tribunal no tiene
competencias para abrir un procedimiento contra él, al no encontrarse entre las personas que la Constitución o la ley han aforado.

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