13 de julio 2005 - 00:00

Abogado de víctimas embiste contra Ibarra

La peor tragedia acaecida en nuestro país por causas no naturales ha generado numerosos interrogantes que la investigación judicial continúa develando, en el marco de una causa que ya cuenta con más de veinte personas procesadas.

Así, se analiza actualmente la conducta evidenciada por los funcionarios del SAME en el momento de socorrer a las víctimas y aparece como altamente comprometida la situación de quienes debían ser responsables de disponer de los medios adecuados para atender a quienes padecían los efectos de la intoxicación. Pero también resulta altamente probable que el procesamiento por homicidio culposo y/o por incumplimiento de los deberes de funcionario público recaiga sobre el personal policial y el de bomberos afectado al hecho, entre otras cosas porque se debieron instalar vallas de contención que evitaran que fueran los mismos jóvenes asistentes al recital los que reingresaran para salvar vidas, inmolándose al ser afectados por el gas letal.

Allí es donde también debería aparecer un nuevo eslabón en esta larga cadena de responsabilidades, a raíz de la falta de instrumentación del Decreto 708/01 que el jefe de Gobierno dictó creando el Centro de Análisis de Riesgos, Mitigación y Reconstrucción, que se corporizó en la denominada Subsecretaría de Emergencias y que tenía como principal objetivo prevenir y asistir a la población en casos de catástrofes. Pues bien; todos desconocemos cuánto le insumió a la Ciudad el mantenimiento de dicha área. Pero lo concreto es que sus miembros no aparecieron ni durante, ni después de la tragedia, en la que debieron haber tenido participación activa coordinando la acción de Bomberos, Policía, Defensa Civil y SAME, lo cual hubiera permitido desarrollar tareas de salvamento mucho más parecidas a las concretadas hace pocos días en Londres, o tiempo atrás en Madrid o Nueva York...

• Derivación

Y ello también estaba bajo la órbita de responsabilidad del Gobierno de la Ciudad, sumándose así nuevas imputaciones que tendrían que derivar en el inexorable llamado a Aníbal Ibarra para que preste declaración indagatoria, acto procesal recientemente solicitado por la Fiscalía respecto del secretario de Seguridad que renunció tras la catástrofe, Juan Carlos López. Porque ni López ni Ibarra pueden sustentar su defensa en que derivaron todas las responsabilidades a funcionarios subalternos de escasa idoneidad -según se desprende de testimonios colectados en la causa-, ya que el ejercicio del poder de policía previsto por la Constitución de la Ciudad importa para el jefe de Gobierno una facultad y a la vez una obligación indelegable, que mal pudo derivar en allegados ignotos tras haber recibido numerosas advertencias e intimaciones premonitorias, provenientes de todos los organismos de contralor y de particulares...

Y menos aún cuando se había pasado a disponibilidad a más de 300 inspectores el año 2003, anunciando por entonces el jefe de Gobierno la existencia de un foco de corrupción que no denunció ante la Justicia, lo cual también lo compromete por incumplimiento de sus deberes al existir en la Cámara de Casación un precedente que condenó a Víctor Alderete por no radicar ante la Justicia penal denuncia alguna por las irregularidades cometidas en el seno del organismo a su cargo de las que tuvo conocimiento. Por otra parte, es de esperar que en tiempos no muy lejanos comiencen a conocerse los avances en la investigación sobre la existencia de una asociación ilícita de la que habrían participado inspectores y demás funcionarios y que fue denunciada por familiares de las víctimas en otra causa que tramita por ante el mismo juzgado. Sabido es que en ese delito, por su modo de consumación, suelen escasear la pruebas y sólo abundar los indicios. Sin embargo, a la luz de las más de cien denuncias penales que se han acumulado contra la actual gestión por malversación de caudales públicos y otros delitos, resulta lógico suponer que de alguna investigación se desprenda la existencia de células que funcionan como «cajas recaudadoras» y que operarían no sólo en locales bailables, sino también en otros ámbitos mal habilitados o espuriamente subvencionados por la Ciudad.

• Apelaciones

Pero mientras se transita la etapa de instrucción, paralelamente se sustancian en la Cámara del Crimen las apelaciones interpuestas por los defensores de los procesados, en las que están en juego las calificaciones legales adoptadas. Allí es donde podría aparecer un nuevo disenso en la sociedad y en el ámbito jurídico, ante el supuesto de aplicarse encuadres más benignos que descarten la existencia de la figura del homicidio culposo, aplicada por el juez de instrucción a buena parte de los funcionarios procesados. Es de esperar que la sala interviniente no utilice esta vez un criterio de laxitud como el empleado al excarcelar a Chabán y a Villarreal -situación que quizá la Cámara de Casación revierta próximamente-, al no estar por ahora en juego la libertad, bien jurídico altamente valioso, pero no superior al de la vida humana... Y es que esa corriente ideológica, inspirada en la incorporación del Pacto de San José de Costa Rica a la Constitución nacional con la reforma del año 1994, que propicia la libertad de todo aquel sobre quien no recae sentencia firme, colisiona con nuestras normas rituales que contemplan el instituto de la «prisión preventiva», lo cual ha generado una de las asignaturas pendientes de resolución que con mayor urgencia debe afrontar nuestra sociedad, justamente cuando atraviesa la etapa de mayor inseguridad de su historia.

Por ello es que tras la tragedia de Cromañón se ha abierto un debate sobre valores esenciales, más allá de la esperanza de que el resultado final de la causa que arroje el juicio oral y público se transforme en un precedente que abra paso definitivamente hacia el fin de la impunidad.

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