26 de noviembre 2019 - 00:00

Ventajas  y desventajas de la implementación del Código Procesal Penal Federal en todo el país

Mediante la resolución 2/2019 de la Comisión Bicameral para la Implementación del Código Procesal Penal Federal ya se dispuso la entrada en vigencia de algunos artículos de ese ordenamiento procesal en todo el país.

La Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional celebró el 21 de noviembre de 2019 una jornada bajo el lema “Desafíos en la implementación del Código Procesal Penal Federal para el Territorio Nacional”.

La Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional celebró el 21 de noviembre de 2019 una jornada bajo el lema “Desafíos en la implementación del Código Procesal Penal Federal para el Territorio Nacional”.

Imagen de Sang Hyun Cho en Pixabay

Por Mariano Hernán Borinsky1 - Laura Fabiana Kvitko - Roberto Leo - Juan Manuel Garay - Rodolfo Javier Urtubey2.

El pasado jueves 21 de noviembre de 2019 y bajo el lemaDesafíos en la implementación del Código Procesal Penal Federal para el Territorio Nacional”, se celebró una jornada que tuvo lugar en la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional.

Cabe recordar que mediante la resolución 2/2019 de la Comisión Bicameral para la Implementación del Código Procesal Penal Federal ya se dispuso la entrada en vigencia de algunos artículos de ese ordenamiento procesal en todo el país.

Con la asistencia mayormente de empleados y funcionarios del poder judicial, así como la presencia de destacados juristas, tomó la palabra en primer lugar el Dr. Alejandro Augusto Castellanos, juez de la Cámara Federal de Apelaciones de la provincia de Salta, en cuyo territorio y desde el mes de agosto del corriente año se encuentra en plena vigencia el Código Procesal Penal Federal.

A resumidas cuentas, el Dr. Castellanos transmitió su experiencia acerca de los cambios operados en su jurisdicción a partir de dicha reforma en el proceso penal. Indicó que nos enfrentamos ante un cambio de paradigma cuyo principal foco se encuentra en el Ministerio Público Fiscal, quien tiene en sus manos el impulso del proceso; de otro lado, el juez deberá escuchar a las partes y resolver.

En líneas generales su opinión fue positiva, en tanto resaltó las siguientes ventajas del sistema:

  • Oralidad.

  • Todas las decisiones jurisdiccionales se adoptan en el marco de audiencias que son filmadas. Celeridad y transparencia del proceso.

  • La posibilidad otorgada a los fiscales de darle importancia a los casos de mayor trascendencia y evitar los costos operativos que implica la obligación de investigar todos los hechos delictivos (criterio de oportunidad), lo que permite descongestionar los tribunales.

  • Jueces dejan de atender cuestiones meramente administrativas, que se encuentran a cargo de una “oficina judicial”.

Por otra parte, el Dr. Castellanos destacó los siguientes inconvenientes para la correcta implementación del Código Procesal Penal Federal:

  • Necesidad de mejoras estructurales (creación de alcaidías, puesta en funcionamiento de la oficina de medidas alternativas).

  • Problemas para conformar el “colegio de jueces” (tribunal integrado por tres jueces) vinculados con las vicisitudes de cada región.

  • Falta de recursos humanos.

  • Problemas para aplicar los métodos alternativos de resolución de conflictos y el principio de celeridad en casos de delitos complejos.

  • Problemas inherentes a la ausencia de resoluciones escritas tales como publicidad, unidad de compilación y seguimiento de criterios jurisprudenciales.

  • Necesarios avances en materia de tecnología para cumplir con la revisión de las decisiones jurisdiccionales adoptadas en audiencias filmadas.

  • Interrogantes acerca de la nueva competencia de la Cámara Federal de Casación Penal y sobre los requisitos de admisibilidad del recurso extraordinario federal.

Sin perjuicio de tales inconvenientes, el Dr. Castellanos concluyó que los mismos no tornan inaplicable el nuevo Código Procesal Penal Federal sino que resultan dificultades normales de un cambio en el proceso penal.

En su exposición el Dr. Juan Esteban Cicciaro (juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional), resaltó que hace 131 años se utiliza un Código Procesal Penal en el que el juez tiene facultades de investigación y que ahora ello se dejará de lado con el nuevo Código Procesal Penal Federal. A , explicó que dicha circunstancia significa un importante cambio de paradigma en cuanto al concepto de búsqueda de la verdad en el proceso penal.

Fue crítico en la forma en la se gestó la reforma: por su premura, ausencia de exposición de motivos, y la falta de discusión parlamentaria.

Hizo hincapié en los problemas que trae aparejados la búsqueda de la verdad formal en el nuevo proceso penal.

Finalmente, como principales ventajas, destacó el cumplimiento de los principios de oralidad, publicidad, inmediación, igualdad de las partes ante la ley y celeridad.

Por último, efectuó su exposición el Dr. Fernando Bellido (Presidente de la Cámara Penal de Apelaciones Sala I de Morón), quien comenzó relatando su experiencia como juez en el ámbito de la provincia de Buenos Aires donde hace ya algunos años rige un Código Procesal Penal acusatorio que posee rasgos similares al Código Procesal Penal Federal.

Destacó que el Código Procesal Penal Federal busca que la gran mayoría de los casos se solucionen por una vía alternativa al juicio oral y en este sentido, destacó la sinceridad del mismo en cuanto prevé expresamente diferentes métodos de culminación del proceso diferentes al juicio oral.

Luego, se refirió a las medidas de coerción previstas en el art. 210 del C.P.P.F. (en vigencia actualmente por resolución 2/2019 2/2019 de la Comisión Bicameral para la Implementación del Código Procesal Penal Federal) y explicó que las mismas son una reproducción de lo pedido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, lo cual indica que no hay que buscar soluciones sólo en la letra del C.P.P.F. sino también en la jurisprudencia de los organismos internacionales de derechos humanos.

Por último, advirtió que la implementación de un nuevo Código Procesal podría traer aparejado una sustancial demora en los procesos regidos por el Código anterior, tal como sucedió en otras oportunidades.

1 Juez de la Cámara Federal de Casación Penal, Doctor en Derecho Penal y Presidente de la Comisión de Reforma del Código Penal.

2 Abogados especialistas en Derecho Penal y Funcionarios de la C.F.C.P.

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