En julio del 2021, el presidente Alberto Fernández firmó un decreto a través del cual, se establece que quienes “inicien una relación laboral deberán permanecer un año en la obra social correspondiente a la rama de su actividad, antes de poder ejercer el derecho a la opción de cambio”.
Elegir nuestra obra social: un derecho básico de los trabajadores
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A partir de ese momento, la libertad de elección del trabajador quedó totalmente restringida al ingresar a un nuevo trabajo y es fundamental avanzar en el proyecto de ley presentado, para que quienes decidan hacerlo puedan optar por permanecer o cambiar la obra social.
Tal es el caso de María Victoria Carballo que padece una enfermedad tratada por el médico de cabecera que le brinda su prepaga y quien hace tiempo realiza su seguimiento. Ella ingresó a un empleo nuevo, pero al momento de consultar a qué obra social podía derivar los aportes para abaratar los costos de la prepaga, se encontró con que la que le brindaban en su nuevo empleo no solo no era compatible con la prepaga, sino que, a raíz del decreto oficial, no podía cambiar la obra social.
Como consecuencia, María Victoria tuvo que estar poco más de un año pagando el costo completo de la prepaga, al mismo tiempo que aportaba a la obra social que se le obligaba a tener desde el trabajo y que nunca utilizó. Aportó dinero a un servicio que ella no utilizó, quedó totalmente limitada, sin libertad de elegir.
En síntesis, el decreto vigente perjudica no solo a la decisión de los trabajadores, sino también a la competencia entre obras sociales. Los servicios médicos habían empezado a mejorar, justamente por la obligación de competir en brindar la mejor atención. La decisión arbitraria del Presidente, generó que los trabajadores quedaran cautivos de una obra social, independientemente de la calidad de su servicio.
Es nuestra responsabilidad como funcionarios públicos, legislar, a través de diversas políticas públicas, el bienestar de los trabajadores, más aún en temáticas relacionadas a la salud.




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