14 de agosto 2007 - 00:00

Las trabas ocultas de Brasil para instalación de empresas

La intención de los funcionarios argentinos de sumar socios al Mercosur es verdaderamente loable, pero en su entusiasmo pierden de vista el camino transitado hasta el presente, lleno de dificultades -especialmente para las pymes- y que hacen imposible actuar como un verdadero bloque. Veamos casos concretos para un empresario argentino, que, por ejemplo, desea instalarse en Brasil para constituir una empresa que produzca en ese país o bien que pretenda distribuir productos producidos en la Argentina.

Primeramente, debe elegir cuidadosamente el estado en el cual quiera radicarse, pues de ello dependerán las dificultades por sortear. Si, por ejemplo, se elige el estado de Paraná, veremos que una solicitud de visa empresarial demanda una larga y difícil tramitación, tras la cual sólo será otorgada de manera temporaria, por el término de 2 años, y podrá gestionar la definitiva sólo 90 días antes de finalizado este plazo. Esto coarta la igualdad de derechos al trabajo y la libre iniciativa empresarial ya que una normativa de la Dirección de Comercio brasileña exige a los extranjeros que para poder administrar sus empresas deberán poseer residencia permanente, por lo que durante el término de 2 años tendrán obligatoriamente que contar con un administrador o socio local.

La única salida para obtener en Brasil una visa empresarial de carácter permanente, y posteriormente un documento de identidad (tras 6 meses de tramitado), es la de depositar en efectivo la suma de u$s 50.000 a través del Banco Central, sin importar el dinero que se haya aportado en mercadería. Si nos trasladamos al estado de San Pablo, veremos que una legislación brasileña, conocida como «El estatuto del extranjero», dispone limitaciones al titular de residencia temporaria y le prohíbe constituir firma individual y/o ejercer funciones de administrador, de gerente o director de sociedad civil o comercial, así como también de inscribirse en la entidad fiscalizadora del ejercicio de profesiones reguladas.

En Foz de Iguazú, la Ley Nº 6.815 del año 1980, en su art. 21 dice en relación con los trabajadores fronterizos: «...Al natural del país limítrofe, domiciliado en ciudad contigua al territorio nacional, respetando los intereses de seguridad nacional, se le podrá permitir la entrada en los municipios fronterizos a sus respectivos países, en tanto presente prueba de identidad», y agrega: «Al extranjero referido en este artículo, que pretenda ejercer actividad remunerada o frecuentar establecimientos de enseñanza en aquellos municipios, le será entregado un documento especial que lo identifique y caracterice su condición, así como una credencial de trabajo y de previsión social cuando corresponda».

  • Profesionales

  • Sin embargo, el siguiente artículo establece claramente que: «Los documentos referidos en el párrafo anterior no otorgan derecho de residencia en Brasil, ni autorizan a transponer los límites territoriales de aquellos municipios».

    Asimismo, los profesionales argentinos, con títulos universitarios o terciarios, tienen serias dificultades para ejercer sus profesiones en el vecino país, casi con la única excepción de los ingenieros agrónomos. Revalidar títulos universitarios argentinos o tramitar matrículas o certificados temporarios de servicios profesionales es una verdadera «misión imposible». En algunos casos, los órganos de aplicación locales informan al solicitante que desconocen la existencia de mecanismos que faciliten la admisión o reconocimiento de títulos mientras que otros manifiestan que falta reglamentación interna específica para poner en práctica los acuerdos existentes. Las pruebas y los exámenes de nivel a que deben someterse los profesionales argentinos, como por ejemplo, en Medicina, son sumamente difíciles de superar, aunque obtuvieran calificaciones más altas que sus pares brasileños y que contaran con mayor experiencia profesional que éstos.

    En realidad, estas dificultades para las tramitaciones en Brasil no son muy diferentes de las que encontramos en los demás países del Mercosur. Por ejemplo, un trabajador que presenta un contrato de trabajo en Paraguay deberá indefectiblemente adjuntar a su solicitud de residencia una constancia bancaria de poseer una caja de ahorro con un saldo no menor de u$s 5.000, y el trámite tardará entre 8 meses y dos años. Para peor, los costos de estos trámites en los países componentes del bloque son altamente superiores a los argentinos. El lector se preguntará: ¿Qué les exigimos nosotros, los argentinos, a los demás socios regionales para tener libre circulación por nuestro territorio y ejercer sus derechos laborales y empresariales como un argentino más? La entrada en vigor del programa Argentina Patria Grande, implementado por la Dirección Nacional de Migraciones, sólo exige certificados de nacimiento y policiales en el país de origen, certificados por el Consulado argentino -sin necesidad de traducción-, certificado de reincidencia argentino acreditando que no posee antecedentes policiales, un par de fotografías y el pago de un bajísimo arancel.

    (*) Especialista en comercio exterior

    Dejá tu comentario

    Te puede interesar