3 de noviembre 2006 - 00:00

Agravan multas en la Capital

La Legislatura porteña sancionó anoche en general modificaciones al Código de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires, para agravar las sanciones a determinadas infracciones e incorpora nuevas multas.

A la vez, la norma cambia el procedimiento, como, por ejemplo, promueve el alargamiento del plazo de prescripción a 2 años. Por otra parte, prevé multas para cartoneros no registrados. Entre los puntos que se destacan en la norma, que la semana que viene se aprobaría en particular -para lo cual aún hay disidencias- figuran:

  • Que el pago voluntario de 75% de una multa, efectuado antes de ser citado, extingue la sanción. Las multas se calcularán en unidades fijas que tendrán un valor monetario.

  • Cuando el infractor reiterala misma falta en un año, se eleva la sanción en un tercio del mínimo y del máximo pautado.

  • Las multas por infracciones en transporte y elaboración de alimentos se imponen de 1.000 a 200.000 unidades fijas y el decomiso de las mercaderías y/o clausura del establecimiento.

  • Por alimentos adulterados la sanción puede llegar al pago de 500.000 unidades y en el mismo orden se establece para otro tipo de infracciones que controla el área bromatológica.

  • También se multará con hasta 200.000 unidades fijas, y el decomiso de mercaderías y/o clausura del establecimiento a quienes interrumpan la cadena de frío de los alimentos.

  • Se agrava la sanción para el titular o responsable del establecimientocomercial o puesto de venta que no utilice sachets individuales de aderezo (hasta 20.000 unidades).

  • Están previstas sanciones por contaminación ambiental, sonora y por olores que «excedan la tolerancia», tanto por parte de particulares como de empresas.

  • Se sancionará también a los vecinos que laven la vereda fuera de horario, o que no la aseen, y también por no cortar los yuyos de los canteros o destruir el arbolado público.

  • También serán multados los titulares, conductores o personas a cargo de los transportes de cartoneros si llevan personas fuera de la cabina del vehículo.

  • Otro tema que se incorpora con más dureza es el de las infracciones por generación, transporte y tratamiento de los residuos patogénicos.

  • Apunta también la norma a los locales bailables: si permiten mayor cantidad de personas que la capacidad autorizada, podrán ser clausurados hasta por seis meses si la falta se repite.
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