11 de marzo 2021 - 22:34

Retorno del exterior: quiénes quedan exceptuados de cumplir el aislamiento

El Gobierno nacional extendió hasta fin de año la emergencia sanitaria y detalló las condiciones para no realizar la cuarentena de 14 días al ingresar al país.

Diplomáticos no deberán hacer el aislamiento 

Diplomáticos no deberán hacer el aislamiento 

Prensa Migraciones

En su artículo 7°, el Decreto 167/2021 publicado en el Boletín Oficial, el Ejecutivo precisó que la orden de aislamiento será obligación para aquellos que retornen de viajes en el exterior, presenten síntomas de coronavirus Covid-19, sean considerados casos sospechosos o hayan mantenido contacto estrecho.

Sin embargo, en caso de no poseer las tres últimas condiciones, se exceptúa a los diplomáticos, aunque con una orden de la Dirección Nacional de Migraciones.

También se excluye a los funcionarios públicos y representantes del Estado Argentino en organismos internacionales "cuando regresen de viajes al exterior realizados en su carácter de integrantes de delegaciones oficiales", explicó el Gobierno.

Esta disposición abarca a los extranjeros que no son residentes pero autorizadas expresamente por Migraciones y que requieran ingresar al país "para desarrollar una actividad laboral o comercial esencial para la que fueron convocadas".

"Las personas nacionales o extranjeras en tránsito hacia otros países con una permanencia menor a 24 horas en aeropuertos nacionales", sumó.

Se agregó, a su vez, a los transportistas y tripulantes internacionales en exclusivo ejercicio de su actividad.

En este último caso, "la autoridad sanitaria podrá disponer medidas adicionales en cualquier momento de la permanencia de las personas enunciadas cuando sospeche la existencia de riesgo de propagación del virus, en especial cuando procedan de "zonas afectadas de mayor riesgo"".

Todos los contemplados deberán "brindar información sobre su itinerario, declarar su domicilio en el país y someterse a un examen de salud lo menos invasivo posible para determinar el potencial riesgo de contagio y las acciones preventivas a adoptar que deberán ser cumplidas, sin excepción" al entrar al territorio.

Además, se les solicitará una constancia de test PCR, el cual deberá ser realizado no más de 72 horas previas al embarque.

"Las personas extranjeras no residentes en la REPÚBLICA ARGENTINA que arriben al país desde el exterior deben acompañar a la declaración jurada un seguro de viajero especial para la atención de la COVID-19 en el país, conforme lo establezca la autoridad sanitaria", explicó el Gobierno y añadió que no se les permitirá el ingreso ni podrán permanecer en el territorio si no dan cumplimiento a la normativa sobre aislamiento obligatorio y a las medidas sanitarias vigentes, salvo las excepciones dispuestas por la autoridad sanitaria o migratoria.

Por último, facultó a los funcionarios públicos, personal de salud, personal a cargo de establecimientos educativos y autoridades en general a realizar denuncias por incumplimiento.

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