Aprobaron la figura de "desaparición forzada de personas"
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Recordó "al compañero desaparecido Jorge Julio López", y señaló que este caso en particular "compromete a redoblar los esfuerzos, para que el albañil se encuentre con su familia y la sociedad pueda condenar a los culpables" de su secuestro.
En contraposición, la legisladora Nora Guizburg de PRO aseguró que este proyecto es "contrario al artículo 75 de la Constitución nacional, que establece que los tratados internacionales están por sobre las leyes, algo que daría lugar a la intervención de la Justicia internacional".
Si bien dijo que recibió con "beneplácito la inclusión de este delito en el Código Penal", consideró que "una parte del proyecto ya ha quedado contemplada en el Estatuto de Roma, por lo que daría lugar a controversias y a posteriores intervenciones de la Corte de Justicia de La Haya".
La diputada radical Alicia Tate, en tanto, señaló que la iniciativa "no satisface todas las expectativas", pero reconoció que contempla "las cuestiones técnicas, éticas y los pedidos de los organismos de derechos humanos".
A su entender, la aprobación de este proyecto contruiburá para avanzar "en la construcción de una legislación eficiente".
Originalmente, el proyecto incluía el delito de "genocidio" pero ese crimen quedó tipificado tras la adhesión de la Argentina a la Corte Penal Internacional.
Si se aprueba en el Senado, la ley incorporará al Código Penal el delito de la desaparición forzada de personas, una figura hasta ahora ausente en la legislación nacional.
Se penará "con reclusión de ocho a veinticinco años" a los agentes o las personas o grupos de personas que actúen "con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, para privar de la libertad a una o más personas".
Este tipo de castigos también se aplicará en el caso de que los acusados se "rehúsen a reconocer dicha privación de libertad o a informar sobre su paradero con el propósito de impedir el ejercicio de los recursos legales y de las garantías procesales pertinentes".




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