14 de mayo 2021 - 00:00

Corte revocó beneficio a una tabacalera (fallo con mensaje por cautelares)

Unanimidad del máximo Tribunal para dar de baja freno a cobro de impuestos internos por parte de AFIP contra Sarandí. Rosenkrantz excusado. Sentencia se apoya en dictamen de la Procuración General. Subtexto para ser leído internamente en tribunales.

Activa. La Corte Suprema resolvió uno de los casos en su agenda que más miraba el mundo empresarial. 

Activa. La Corte Suprema resolvió uno de los casos en su agenda que más miraba el mundo empresarial. 

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN ARGENTINA

La Corte Suprema de Justicia revocó una medida cautelar que, de forma provisoria, liberaba a una tabacalera del pago de impuestos internos. La decisión devolvió la causa a primera instancia donde Tabacalera Sarandí había impugnado una norma de la AFIP que la equiparaba con impuestos internos y que la empresa argumentaba que la ponían en condiciones desventajosas frente a firmas multinacionales competidoras que comercializan marcas líderes. La definición de este caso había sido bautizada por Ámbito como la “Guerra de las Galaxias” por el peso de los actores involucrados en la industria tabacalera y la irrupción de distintos intereses cruzados que conllevaban mucha expectativa respecto a una resolución. Pero el fallo de la Corte que dio de baja la cautelar otorgada por el fuero Contencioso Administrativo Federal también contiene un mensaje desde el cuarto piso del Palacio de Tribunales respecto a las medidas cautelares en general.

Al argumentar la decisión, el máximo tribunal sostuvo que una medida cautelar no puede suspender una norma del Poder Legislativo, salvo en casos de excepcionales hipótesis que, concluyó, no registró en el expediente promovido por la Tabacalera Sarandí, debido a que no demostró el perjuicio concreto que le ocasionaría el pago del tributo. Sarandí inició una demanda en 2018 contra una reforma legal que estableció un aumento del 70 por ciento en los impuestos a su actividad, al sostener que esto le generaba un incremento en sus productos que la ponía en desventaja respecto de otras compañías, afectando, además fuentes de trabajo.

Con esos argumentos la tabacalera logró que la Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal dictara la medida precautoria para que, provisoriamente, no se le cobraran los montos resultantes de la reforma impositiva. La cautelar fue apelada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que afirmó que la medida afectaba la recaudación, lo que dio paso a la intervención de la Corte, que coincidió con un dictamen de la procuradora Fiscal Laura Monti, quien hace algo más de un año dictaminó contra la tabacalera.

Una de las principales perjudicadas –que celebró el fallo en contrario- fue la provincia de Misiones que había visto reducida su recaudación en $4200 millones a los productores tabacaleros. La provincia estaba en contra de la medida cautelar que había permitido que no abone el impuesto mínimo.

Monti ya había opinado que en este tipo de casos la intervención de los jueces menoscaba las funciones de otros poderes del Estado. La Corte, por unanimidad, pero sin el voto del presidente Carlos Rosenkrantz, expuso que “la justicia no puede avanzar sin más sobre las leyes” y que “solo ante el excepcional ejercicio del control de constitucionalidad es que los jueces se encuentran habilitados para invalidar decisiones del Poder Legislativo”.

Agregó que las medidas precautorias “caracterizadas por su excepcionalidad, no constituyen en principio vías idóneas para ponderar los posibles efectos que las leyes pudieran tener sobre la competencia y la regulación de los mercados, cuestiones de relevancia constitucional que cuentan con mecanismos específicos de protección”.

El fallo fue firmado por los jueces Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti. Rosenkrantz se excusó luego de ser impugnado por Sarandí porque su hija trabajaba en el estudio jurídico del cual era cliente Philip Morris (Massalin). Junto a British American Tobacco (Nobleza Piccardo) eran las compañías señaladas por Tabacalera Sarandí como las que impulsaban que cayera la cautelar, generando que toda esta coyuntura llegara al cuarto piso del Palacio de Tribunales.

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