Cronograma de protestas en Capital Federal y Gran Buenos Aires
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Caputo destacó la apertura de ofertas para una nueva etapa de la Red Federal de Concesiones
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Lesa humanidad: Casación negó las domiciliarias de Adolfo Donda y Bernardo Caballero
- Autopista Buenos Aires-La Plata: será interrumpida a la altura de Quilmes por trabajadores del ANSeS y desocupados estatales y municipales.
- Gran Buenos Aires (norte): los sindicatos de pinturas y el Smata cortarán la Panamericana, a la vez que trabajadores metalúrgicos interrumpirán el paso en el Complejo Zárate-Brazo Largo.
Servicios mínimos que fijó el Gobierno que los gremios deberán garantizar durante el paro
De acuerdo con la Resolución 145/2000 emanada del Ministerio de Trabajo, basada en la ley 25.250 y el Decreto 843/2000 que la reglamenta, las disposiciones fijadas por el gobierno son:
- Hospitales: Los hospitales nacionales dependientes del Ministerio de Salud e instituciones de carácter privado deberán garantizar el servicio de guardias, asistencia a unidades de
atención crítica e internación, quirófanos, hemoterapia, ambulancias, provisión de oxígeno y radiología.
- Transporte automotor de pasajeros y subterráneos: deberán prestar servicios mínimos no inferiores a 40% de los habituales, elevando a 50% dicha prestación entre las 5:50 y las 9:30, y entre las 17:00 y las 21:00. Las líneas de larga distancia deberán asegurar un mínimo del 50% de sus servicios, mientras que en los casos en que se preste una única frecuencia diaria, el mismo deberá realizarse obligatoriamente.
- Transporte aéreo: se deberá garantizar el 50% de los vuelos de cabotaje e internacionales, aunque para aquellos destinos dentro del país donde se brinde una sola frecuencia diaria la prestación será obligatoria.
- Transporte ferroviario: deberá asegurar un mínimo del 50% de los servicios diagramados, en tanto que en aquellos destinos donde esté prevista una frecuencia diaria, ésta deberá cumplirse. Se deberá asegurar además que los trenes de carga que, a la fecha del inicio del paro, estén conduciendo mercaderías perecederas o animales en pie lleguen a destino.
- Otros transportes: Se deberá garantizar además un 40% de las prestaciones normales en los transportes de combustibles, correspondencia y valores y del 50% en la recolección de
residuos. Los servicios de ambulancias y de distribución de tubos de oxígeno se deberán cumplir en forma obligatoria.
- Telefonía: los gremios deberán asegurar aquellos servicios diagramados para los días sábados y domingos, en tanto que en las prestaciones de agua, energía y gas se deberán asegurar los de los días feriados.
- Energía eléctrica, gas y Obras Sanitarias: similar a la telefonía.
- Correos y telecomunicaciones: Deberán asegurarse asimismo las prestaciones esenciales necesarias para cubrir el Servicio Postal Básico Universal, que incluye telegramas de hasta 20 palabras, cartas documento, telegramas obreros y giros telegráficos y postales de hasta mil pesos.
- Servicios portuarios y de navegación: tendrán que cubrirse en un 50% de su prestación habitual.
- Clearing bancario: debe garantizarse.




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