En movilizaciones callejeras, en comunicados de bloques legislativos, en reuniones sindicales y ahora también a través de iniciativas judiciales: el DNU de Javier Milei constituye una de las principales apuestas del oficialismo para concretar su programa de gobierno y, como toda apuesta, se encuentra con resistencias que piden por su nulidad. En simultáneo, se confirmó que entrará en vigencia recién el jueves 29 de diciembre, por un descuido del texto rubricado por el Presidente en el Boletín Oficial.
DNU de Javier Milei: constitucionalista pide declarar su nulidad
Un día después del primer amparo contra el DNU presentado por Javier Milei, un abogado constitucionalista solicitó que se lo declarará inconstitucional.
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A las presentaciones judiciales realizadas este jueves por la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad y por el partido Unidad Popular, se les sumó una nueva iniciativa de Andrés Gil Domínguez. El abogado constitucionalista elevó una acción declarativa de inconstitucionalidad con solicitud de una medida cautelar, reclamando que se declare la nulidad del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/2023 por considerar que viola la división de poderes.
Andrés Gil Domínguez, doctor en Derecho por la Universidad de buenos Aires y profesor universitario en distintas provincias de Argentina y España, consideró en redes sociales que "cuando a través de los DNUs se intenta sustituir integralmente al Congreso en su función legislativa entonces mediante el desvío de poder y el abuso de derecho público se intenta obtener la suma del poder". Su solicitud recayó en manos de Pablo Cayssials, del fuero Contencioso Administrativo Federal
DNU de Javier Milei: primeros amparos ante la Justicia
Este jueves se presentó el primer amparo contra el DNU del presidente de la Nación, Javier Milei, ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal. El mismo pide por la inconstitucionalidad del decreto.
La presentación la hizo la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad y por ahora es la primera de las presentaciones ante la cual se prevé que haya otras más. La misma recayó ante el juez en lo Contencioso Administrativo Federal 2, Esteban Furnari.
Por otro lado, el partido Unidad Popular que preside Claudio Lozano junto a la CTA Autónoma de Hugo "Cachorro" Godoy, ATE nacional y otros organismos también presentaron este jueves una acción de amparo ante la Justicia en contra del Decreto de necesidad y urgencia (DNU) que lanzó el presidente Javier Milei por considerarlo "inconstitucional y antidemocrático".
Como medida cautelar, solicitaron "la suspensión de los efectos y vigencia del DNU 70/2023 y de toda normativa o acto dictado en su cumplimiento". "Con un DNU inconstitucional y carente de todo fundamento, Milei pretende avanzar en su estrategia de demolición sobre la sociedad argentina", denunció Lozano. Además de Unidad Popular, la CTA-A y ATE, el recurso fue radicado por el Instituto de Pensamiento y Políticas Públicas y el Movimiento La Ciudad Somos los que la Habitamos.
La causa judicial también quedó radicada en el Juzgado Federal en lo Contencioso Administrativo Federal N° 2 a cargo del Dr. Esteban Furnari. En el objeto de la demanda se solicitó que "se declare la inconstitucionalidad y la nulidad absoluta e insanable del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023 y de toda normativa o acto que derive de su vigencia o dictado en su cumplimiento, por violar la Constitución de la Nación Argentina (arts. 29, 33, 36, 76; art. 75, incisos 18 y 19, art. 99, inciso 3), por constituir el ejercicio de facultades extraordinarias y facultades equivalentes a la suma del poder público, por constituir una desviación de poder y un abuso de derecho público, por violar el principio republicano, la división de poderes, la democracia, el principio de reserva de ley y los derechos colectivos de la ciudadanía argentina a la participación en la dirección de los asuntos públicos directamente o a través de sus representantes".
Gobierno confirmó que el DNU comenzará a regir desde el 29 de diciembre
El vocero presidencial, Manuel Adorni, confirmó en una conferencia de prensa que el decreto de necesidad y urgencia (DNU) comenzará a regir 8 días después de su publicación, es decir a partir del 29 de diciembre.
Dentro del cuerpo de este tipo de decretos, el Poder Ejecutivo suele aclarar que la norma entra en vigencia desde el día de su publicación en el Boletín Oficial. Sin embargo, esto no sucedió. Por este motivo, como el DNU no lo aclara, se aplica el artículo 5 del Código Civil y Comercial (CCC).
Este artículo establece que “las leyes rigen después del octavo día de su publicación oficial, o desde el día que ellas determinen”. En tanto, como el DNU de “Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina” no pone fecha, el documento y todo su contenido entrará en vigor recién este viernes 29 de diciembre.
Sin embargo, Milei sostuvo en declaraciones a Radio Rivadavia que el DNU "ya está vigente". Según dijo, "cuando sale un DNU significa que ya está vigente" por lo que consideró que "no hace falta sacar otro" decreto para aclarar la fecha en que empieza a regir.
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