El domingo 26 de octubre, Jujuy participará de las elecciones legislativas nacionales 2025, en las que se definirá la representación de la provincia en la Cámara de Diputados. Desde el 16 de septiembre, los ciudadanos jujeños pueden consultar en línea el padrón definitivo con su DNI.
Dónde voto en Jujuy 2025: consultá el padrón electoral
El padrón electoral definitivo para los comicios de octubre ya está disponible. El país elegirá nuevos representantes para el Congreso.
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Puede consultarse el padrón electoral definitivo para octubre.
Dónde voto 2025: consultá el padrón electoral de Jujuy
El padrón electoral puede consultarse mediante la página oficial de la Cámara Nacional Electoral. Allí deben completarse los datos solicitados.
Elecciones 2025: qué se vota en Jujuy el 26 de octubre
En estas elecciones nacionales, se renueva la mitad de la Cámara de Diputados y un tercio de la Cámara de Senadores. En el caso de Jujuy, este año se elegirán 3 diputados nacionales.
Las elecciones legislativas, que se realizan cada dos años, tiene como fin la renovación de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores. Así, en total, se elegirán 24 senadores y 127 diputados nacionales.
Cómo averiguar dónde voto
Para averigua el establecimiento donde se debe efectuar la votación, hay que ingresar al padrón y cargar los datos que se solicitan, como el DNI y el distrito.
Una vez volcada la información necesaria, el sitio oficial de la Justicia Electoral brindará las especificaciones de la sede a la que cada ciudadano debe acercarse para votar.
Tras seguir esos simples pasos, el ciudadano también podrá consultar sus datos inscriptos en el Registro Nacional de Electores. La página web cuenta con un apartado para reclamos, ante la detección de cualquier error.
Las personas habilitadas para votar tienen tiempo hasta el 26 de septiembre para subsanar errores u omisiones existentes en el padrón definitivo publicado.
Quiénes pueden votar en las elecciones 2025
En las elecciones legislativas, el derecho al voto alcanza tanto a ciudadanos argentinos como a extranjeros residentes, siempre que cumplan los requisitos establecidos por el Código Electoral.
De esta forma, pueden ejercer el sufragio los ciudadanos argentinos a partir de los 16 años y con residencia permanente en el distrito que le corresponda. No deben estar inhabilitados. Los ciudadanos naturalizados pueden votar a partir de los 18 años.
Los ciudadanos extranjeros también pueden votar a partir de los 16 años y deben poseer residencia permanente. No obstante, deben tener DNI extranjero, figurar en el padrón y no estar inhabilitados.
En cuanto a las personas privadas de la libertad, también están habilitadas para votar, siempre y cuando figuren en el padrón.
Quiénes están exentos de votar en las elecciones 2025
El voto no es obligatorio para ciertos grupos. Están exentos de la obligación de sufragar:
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Jueces y auxiliares judiciales con funciones durante la jornada electoral.
Ciudadanos mayores de 70 años, cuyo voto es optativo.
Personas que se encuentren a más de 500 kilómetros de su lugar de votación.
Quienes estén enfermos o imposibilitados por razones de fuerza mayor.
Trabajadores de servicios públicos esenciales que no puedan asistir por sus tareas, siempre que el empleador lo informe con al menos 10 días de anticipación.
En qué casos estoy exceptuado de asistir a votar
El voto no es obligatorio para ciertos grupos. Están exentos de la obligación de sufragar:
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Jueces y auxiliares judiciales con funciones durante la jornada electoral.
Ciudadanos mayores de 70 años, cuyo voto es optativo.
Personas que se encuentren a más de 500 kilómetros de su lugar de votación.
Quienes estén enfermos o imposibilitados por razones de fuerza mayor.
Trabajadores de servicios públicos esenciales que no puedan asistir por sus tareas, siempre que el empleador lo informe con al menos 10 días de anticipación.
Cuáles son los documentos habilitantes para votar
- DNI tarjeta, incluso si contiene la leyenda “no válido para votar”
- DNI libreta celeste o libreta verde
- Libreta cívica
- Libreta de enrolamiento
Oficialmente, se recomienda asistir a la mesa de votación con el mismo documento que figura en el padrón, o con uno más actualizado, pero nunca con uno anterior. El DNI debe presentarse en su versión física (tarjeta) y no en su versión digital.
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