El fiscal federal con competencia electoral Jorge Di Lello le pidió ayer a la jueza María Servini de Cubría que ordene al Comité Federal de Radiodifusión (COMFER) la prohibición de la emisión de publicidad de cualquier candidato. Lo hizo al expedirse en una causa iniciada por el precandidato presidencial por el PJ José Manuel de la Sota, que había reclamado a la magistrada una «declaración efectiva de certeza» que le permitiera seguir proyectando los spots televisivos en los que publicitaba su candidatura. Si bien la medida se centra sobre la publicidad del gobernador cordobés en su campaña para llegar a la Presidencia, la prohibición -basada en la ley electoral-se extiende a los otros candidatos del peronismo y al resto de los partidos políticos. Di Lello respondió, de esa manera, a un planteo de la candidata de Unión por Todos, Patricia Bullrich, que lo acusó de violar disposiciones electorales, y reclamó a la Justicia que lo autorizara a seguir con sus propagandas ya que «aún no estaba oficializada» su postulación y entonces no podía ser considerado candidato. Por eso el fiscal reclamó que se oficie a los medios de comunicación televisivos, radiales y gráficos «a fin de que se abstengan de continuar con la difusión de publicidad vinculada a la campaña de las elecciones internas». Ahora deberá decidir Servini de Cubría aunque es probable que la jueza adopte una resolución recién dentro de 20 a 25 días como anticipó a periodistas de este diario.
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Según Di Lello esas propagandas infringían normas electorales por lo que pidió que «se notifique a los partidos políticos reconocidos que deberán dar estricto cumplimiento a las mismas». De la Sota pidió luego que «se declare que la difusión de propuestas, ideas y proyectos» que estaba haciendo era «totalmente ajustada a la ley y no viola las restricciones existentes» en las normas electorales. Fundó su pretensión en que «cualquier ciudadano puede ejercer la facultad constitucional de expresar libremente sus ideas, propuestas y proyectos» y que las normas «sólo se aplican a partir de que las fórmulas de candidatos hayan sido oficializadas ante la Justicia Electoral».
• Definición
De la Sota sostuvo que «ninguna fórmula de candidatos a presidente y vice» lo hizo aún y «todos hacen propagandas televisivas, transmitiendo sus actos y discursos políticos. No hay candidato, por ende no hay campa-ña». Di Lello replicó que «según el Diccionario Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos, segunda edición del año 2000, se define a la campaña electoral como «el conjunto de actividades organizativas y comunicativas realizadas por los candidatos y partidos» cuyo propósito es «la captación de votos». «Si bien es cierto que literalmente la norma de marras se refiere a candidatos oficializados, acto jurídico que todavía no se ha producido», no es menos cierto que «hay una evidente instalación de candidatos que han de oficializar sus listas» y entre ellos se encuentra De la Sota, sostuvo el fiscal.
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