Inversores esperan la aprobación de la PPP para desembarcar
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Si bien para lograr la media sanción, el oficialismo debió aceptar modificaciones al proyecto remitido por el Poder Ejecutivo, se mantuvo una cuestión central: la posibilidad de dirimir los diferendos fuera de la legislación argentina. En efecto, el punto más discutido en Diputados fue la prórroga de jurisdicción, en casos de litigios, a favor de tribunales arbitrales extranjeros, punto que fue finalmente aprobado.
Desde el oficialismo defienden este aspecto señalando que "ningún inversor va a enterrar millones de dólares a largo plazo en la Argentina sin esta garantía, ya que nos condena nuestra historia de inestabilidad institucional". Por otra parte, argumentan que, el país ya ha cedido su soberanía en cuestiones como la emisión de la deuda externa.
Otras modificaciones impulsadas por la oposición apuntaron a cuidar al trabajo argentino, a las Pymes y al medio ambiente. Así, se remarcó la aplicación de la ley de Compre Nacional en las contrataciones público privadas, como así también la obligación de que en la provisión de bienes y servicios al menos el 33% debe ser nacional. De acuerdo con la opinión de los potenciales inversores, el 33% es un porcentaje acotado que no genera problemas para la realización de los proyectos. "Solo con contratar mano de obra local se estaría cumpliendo con este requisito", explican.
• Antecedente
La iniciativa ahora en tratamiento legislativo tiene como antecedente el Decreto 965 del año 2005, dictado durante la presidencia de Néstor Kirchner. Sin embargo, se considera que este instrumento no es suficiente para generar inversiones significativas.
El régimen de Participación Pública Privada (PPP) prevé la realización de contratos para que los privados en asociación con el Estado construyan y obtengan la financiación para llevar adelante un proyecto definido. Asimismo que el Estado o el mismo proyecto realicen el repago de la obra con una utilidad razonable en plazos largos.
Así, las empresas podrán recuperar la inversión después de terminada la obra. Por ejemplo, si hacen una ruta será con el peaje; si hacen una represa, con la venta de la energía durante los años que dure una eventual concesión por parte del Estado. Los contratos con este nuevo régimen podrían alcanzar en 2017 hasta el 5% del PBI, alrededor de un tercio de la obra pública.
Los especialistas en el tema señalan que las experiencias de asociación público privada arrojan distintos resultados que, juzgan, fueron en general mejores en Perú o en Colombia que en México o Uruguay. Al respecto consideran claves la forma en que se reglamente la iniciativa, los controles que se lleven a cabo y, fundamentalmente, de que se logre una efectiva complementación público-privada.



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