13 de octubre 2011 - 23:06

La Justicia habilitó a organizaciones civiles a monitorear las elecciones

La Cámara Nacional Electoral reglamentó la participación de las organizaciones de la sociedad civil en actividades de "acompañamiento cívico", por lo que podrán monitorear las elecciones presidenciales del próximo 23 de octubre. 

El cuerpo integrado por los jueces Rodolfo E. Munné, Santiago H. Corcuera y Alberto R. Dalla Via firmó una acordada extraordinaria en el que habilita a organizaciones civiles, juveniles, estudiantes y ONG, entre otras, a realizar un seguimiento de los comicios nacionales del 23 de octubre.

Entre los fundamentos de su decisión, destacó que los comicios constituyen "un proceso soberano y ciudadano", pues el régimen vigente deposita en los ciudadanos la responsabilidad primaria de desempeñarse como autoridades de mesa y, con ello, controlar la legitimidad del acto. De modo que se encuentra en manos de los propios electores "la lealtad, la seguridad y la transparencia de los comicios".

Se explica también en la resolución, que muchos países cuentan con regímenes de "observación" -nacional o internacional- de los comicios y que si bien en nuestro caso esa figura no está prevista legalmente, la Cámara consideró adecuado habilitar la participación de las organizaciones no gubernamentales en actividades de "monitoreo" o "acompañamiento cívico", pues promueven la confianza pública; permiten evaluar el grado de integridad de los procesos y disipan la posibilidad de conflictos.

Según las pautas fijadas en la acordada, están habilitadas las entidades de diferente naturaleza (como organizaciones civiles, juveniles, estudiantiles, ONG, entre otras), a realizar un "seguimiento puntual del acto electoral, que comprende la búsqueda y obtención completa y exacta de información, y su análisis imparcial y profesional"; ya sea en todo el país o en alguna circunscripción determinada.

Las asociaciones que pretendan participar deben inscribirse hasta el próximo miércoles 19 de octubre a las 12 horas en la Cámara Electoral o en la Secretaría Electoral de su distrito, cumpliendo con los requisitos previstos en la acordada..

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