El Tribunal Oral Federal 2 resolvió mantener la prisión domiciliaria de la expresidenta Cristina Kirchner al considerar que cumplió de manera adecuada las condiciones fijadas para la ejecución de la condena en su domicilio de la calle San José 1111, en el barrio porteño de Constitución.
La Justicia ratificó la prisión domiciliaria de Cristina Kirchner y destacó su "cumplimiento adecuado" de las reglas impuestas
El Tribunal Oral Federal 2 ratificó la prisión domiciliaria de Cristina Kirchner tras concluir que respetó las condiciones impuestas por la Justicia. Los informes de control destacaron su colaboración con las inspecciones, el cumplimiento del régimen de visitas y la ausencia de incumplimientos relevantes, pese a la polémica reciente por su conducta en el balcón de su departamento.
-
La UTA amenaza con un paro de colectivos en el AMBA tras la negativa a un aumento salarial
-
Mientras avanza la oposición, el Gobierno redefine su estrategia por Adorni
Cristina seguirá detenida en prisión domiciliaria.
La decisión fue firmada este miércoles por el juez Rodrigo Giménez Uriburu, luego de analizar los informes elaborados por los organismos encargados de supervisar el cumplimiento de la medida durante los últimos tres meses.
El magistrado sostuvo que los reportes oficiales “evidencian, por parte de Fernández de Kirchner, una actitud de sujeción al control judicial” y, principalmente, “de respeto por las condiciones establecidas para la ejecución de la pena bajo la modalidad domiciliaria”.
La resolución adquiere relevancia porque se conoció apenas días después de la polémica generada por la aparición de estructuras frente al balcón del departamento donde cumple la condena y por la conducta que la exmandataria desplegó en ese contexto. Sin embargo, el juez concluyó que ese episodio no alcanza para modificar el régimen vigente.
“El episodio referido justificó la advertencia formal impartida por el suscripto”, señaló Giménez Uriburu. Pero aclaró que, analizado junto al resto de los antecedentes, “no posee entidad suficiente para alterar, por sí mismo, la conclusión a la que conducen los informes producidos por los organismos de control”.
En otro tramo del fallo, el magistrado remarcó que aquella situación “constituye una incidencia que merece ser considerada y tenida especialmente presente hacia el futuro, pero no alcanza a desvirtuar el cuadro general de cumplimiento”.
Qué dijeron los informes de control
La resolución se apoyó en un informe trimestral de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal (DCAEP) y en los reportes de la Dirección de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica (DAPVE).
Según el tribunal, durante las inspecciones realizadas en abril, mayo y junio se constató una “actitud de colaboración y buena predisposición” de la ex presidenta, con un trato “cordial y respetuoso”.
Los controles también verificaron el cumplimiento del régimen de visitas. El fallo destaca que se realizó una revisión periódica del libro donde se registran los ingresos y egresos de visitantes y que se comprobó “el cumplimiento estricto de las condiciones fijadas”.
Además, los organismos informaron que no se detectaron personas no autorizadas dentro de la vivienda y que Fernández de Kirchner permaneció en el domicilio salvo en las ocasiones previamente autorizadas por la Justicia.
Las salidas autorizadas
Durante el período evaluado, la ex mandataria salió de su domicilio para comparecer ante el Tribunal Oral Federal 7 y para asistir a distintos controles y tratamientos médicos, principalmente odontológicos.
El fallo señala que “en todos los casos, los traslados se realizaron sin inconvenientes y de acuerdo con las pautas establecidas”.
También se consignó que continúa con tratamiento odontológico, que recibió vacunas en su domicilio y que sigue la medicación diaria correspondiente a la falta de glándula tiroides.
Respecto del monitoreo electrónico, los informes revelaron que las únicas alertas registradas correspondieron a salidas previamente autorizadas y que “no se haya visto interrumpido en momento alguno el control de su geolocalización”.
Tras evaluar la información reunida, Giménez Uriburu concluyó que la ex presidenta “ha cumplido adecuadamente con el deber de permanencia en el domicilio”, así como con las obligaciones vinculadas a su estado de salud, las visitas y el acceso a distintos espacios de la vivienda.
Por ese motivo, resolvió “mantener la modalidad de prisión domiciliaria para el cumplimiento de la pena de prisión impuesta a Cristina Elisabet Fernández de Kirchner” en el domicilio donde actualmente cumple la condena.
De esta manera, el TOF 2 descartó modificar las condiciones de detención y ratificó la continuidad del régimen de excepción que la ex presidenta cumple desde junio de 2025, bajo vigilancia electrónica y supervisión periódica de los organismos de control.



