Largo debate en Senado por el nuevo Código Civil y Comercial
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Los senadores Ernesto Sanz y Miguel Ángel Pichetto.
El presidente de la Comisión Bicameral Especial que debatió el nuevo código, el kirchnerista neuquino Marcelo Fuentes, resaltó que "querían presentar a esta tarea como un capricho del gobierno" y destacó que "el tratamiento de este Código es distinto al de (Dalmacio) Vélez Sarsfield".
Una de las discusiones se dio sobre la modificación del artículo 19 del Código que antes establecía que la vida comenzaba en la implantación del embrión en el seno materno y que desde el cambio de la semana pasada señala que la vida comienza en la concepción.
La justicialista disidente, Liliana Negre de Alonso, dijo que "el primer derecho humano es el derecho a la vida" y sostuvo que "lo que realmente está en juego es si prima el derecho del embrión a la vida o el derecho a manipularlo libremente".
La salteña Sonia Escudero, quien también apoyó la modificación en el artículo 19 del Código, recordó que el Pacto de San José de Costa Rica "protege la vida desde la concepción", pero consideró "absurdo decir que un embrión no implantado es una persona".
En lo que hace a la discusión sobre la eliminación de la "responsabilidad del Estado" del Código Civil, y el envío de un proyecto de ley a la Cámara de Diputados, el radical Ernesto Sanz argumentó que "todo lo que no fue materia de consenso le abre las puertas a la judicialización".
En cambio, el kirchnerista Marcelo Guinle dejó en claro que "el Código actual no habla de la responsabilidad del Estado", y que no se está buscando la protección de judicial".
Si el Senado aprueba la iniciativa, el proyecto que consta de más de 2.600 artículos e introduce cambios sustanciales que modificarán la vida de los argentinos, pasará a Diputados para que sea convertido en Ley.
El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación entrará en vigencia a partir de enero de 2016.
Entre otros puntos, el dictamen del oficialismo establece que el comienzo de la existencia humana se produce en la concepción, modificando la redacción original que incluía en los casos de reproducción humana asistida, que la vida comenzaba con la implantación del embrión en la mujer.
En ese sentido, aclara que la protección del embrión no implantado será objeto de una ley especial.
También se eliminó de la redacción actual cuestiones como la "filiación post mortem" y la regulación de la "propiedad para uso social".
En cuanto a fecundación, el Código establece unas "Reglas generales relativas a la filiación por técnicas de reproducción humana asistida" entre las que menciona el "Consentimiento en las técnicas de reproducción humana asistida", la "voluntad procreacional" y el "Derecho a la información de las personas nacidas por técnicas de reproducción asistida".
Por otro lado, permite las uniones convivenciales, facilita las adopciones y establece que se puede hacer un acuerdo prenupcial y que el divorcio se puede llevar adelante con el consentimiento de uno solo de los cónyuges.
En cuanto a cuestiones monetarias, el proyecto impulsado por el kirchnerismo estipula que si se tomó una deuda en moneda que no sea de curso legal en la República Argentina, la obligación "debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal".



