López Murphy diseña AFJP para militares
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Periodista: Está en marcha la reforma del sistema previsional, ¿incluirá a los militares, qué cambia con respecto al esquema actual?
Juan Carlos Mugnolo: La propuesta implica cambiar el concepto de capitalización colectiva vigente por el de capitalización individual, donde la responsabilidad pasa del Estado al personal titular de la cuenta hasta los 25 años de servicio (Ley de Reestructuración de las FF.AA.).
Consultas
J.C.M.: Efectivamente, el Ministerio de Defensa envió los proyectos en el primer trimestre del año al EMC y a los estados mayores generales para reunir opiniones.
P.: Tengo entendido que el personal en pasividad continúa aportando al sistema de retiros y pensiones; entonces, ¿cuál es el factor de desequilibrio que hace replantear el esquema y llevarlo a uno de capitalización?
J.C.M.: Así es, el personal militar retirado y sus pensionistas continúan aportando de sus haberes durante toda la vida. Entonces, como puede ver, no hay factor de desequilibrio; salvo los retiros anticipados y bajas otorgadas como consecuencia de vicisitudes de carácter político y que produjeran posteriormente haberes de reparación a efectivos separados prematuramente, si no me equivoco en los años de 1973 y 1976.
P.: Si la reforma implica el pasaje a un sistema privado o semiprivado de capitalización (AFJP militar) en materia de retiros, ¿por qué entonces se excluye a los militares de la desregulación en obras sociales?, ¿no es una contradicción abrir una parte de los beneficios sociales a la competencia privada y mantener otra aferrada al Estado?
J.C.M.: No, por la característica primordial de solidaridad de las obras sociales y las particularidades propias del despliegue territorial de las Fuerzas Armadas y de Seguridad. Las cuotas mensuales de afiliación son acordes con los haberes del beneficiario. Le doy un ejemplo: un general paga porcentualmente lo mismo que un cabo ($ 240 y $ 32 respectivamente) y las prestaciones son idénticas. Calcule usted que esto sólo es posible en el sistema solidario. Además el IOSE, la DIBA y la OSFA, al ser entes autárquicos, están excluidos de la Ley 23.660 (Ley de Obras Sociales) y sus modificatorias/suplementarias.
P.: ¿Existe algún nivel de debate y análisis entre el EMC y el Ministerio de Economía acerca de la política general del presupuesto militar (recursos humanos, equipamiento, desarrollo, etc.)?
J.C.M.: No, todos los requerimientos y propuestas que tienen que ver con el sistema de defensa son siempre planteados por el Ministerio de Defensa.
Incidencia
J.C.M.: Cuando me hice cargo sabía de las serias dificultades en materia presupuestaria a las que me debería restringir, y era consciente de los límites que había tenido en su aplicación la Ley de Reestructuración Militar. Por ello continuaremos optimizando el gasto y buscando alcanzar un alto grado de cooperación entre todos los integrantes de las Fuerzas Armadas. Queremos hacer las reformas que han hecho las Fuerzas Armadas de los países más desarrollados del mundo, por supuesto adaptadas a nuestra realidad. Creo que en la medida en que existan resultados positivos en la gestión económica del gobierno, se deberían adecuar las asignaciones presupuestarias hacia las Fuerzas Armadas con alta prioridad para mejorar la operatividad.
Entrevista de Edgardo Aguilera




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