21 de noviembre 2001 - 00:00

Menem, libre ayer, al caer en Corte polémica asociación ilícita en armas

Este diario nunca mencionó "prisión domiciliaria" en el caso del ex presidente Carlos Menem sino de cautiverio en la quinta de Don Torcuato. El fallo de ayer de la Corte Suprema es claro y terminante en que hubo absoluta antijuridicidad e invento de delitos contra Menem en el "caso armas". Hubo, entonces, cautiverio. La decisión del tribunal más alto del país fue contundente: no hubo asociación ilícita de un gabinete de gobierno ni tampoco puede reprochársele a un presidente que firme decretos falsos ideológicamente. Con eso Menem quedó afuera de la causa de las armas, una construcción política que lo mantuvo preso este año 167 días que alimentan el récord de este ex presidente en materia de cautiverio, sólo superado por el general José María Paz en el siglo XIX. El fallo de la Corte además incluyó durísimas críticas al juez Jorge Urso por haber creado, dice textual-mente, delitos de la nada inventando acusaciones para después salir a buscar cómo probarlas. En el pasaje más contundente, la sentencia hace un reproche a un sector de la prensa -no menciona al monopolio "Clarín" que es el destinatario de la crítica-por crear noticias sin fundamento sobre delitos que cuando después no son probados traen más descrédito sobre la Justicia. Esta libertad de Menem, que el ex presidente goza desde la tarde de ayer aunque durmió anoche en la misma quinta de Don Torcuato, implica además un giro en la política argentina cuyas consecuencias todavía no terminan de dimensionarse. No sólo resetea las relaciones internas en el peronismo sino todo el cuadro de una Argentina en crisis a la que contribuyó mucho este cautiverio de quien gobernó el país durante diez años y con éxitos que nadie puede negar.

Menem, libre ayer, al caer en Corte polémica asociación ilícita en armas
Carlos Menem y Emir Yoma recuperaron ayer su libertad en los tribunales de Comodoro Py debido a una disposición de la Sala I de la Cámara Federal Penal porteña que rápidamente hizo lugar a lo dispuesto en horas de la mañana por la Corte Suprema. El mismo juez -Jorge Urso que lo puso preso, fue quien lo tuvo que liberar aunque la notificación corrió por cuenta de los camaristas Luisa Riva Aramayo, Gabriel Cavallo y Horacio Vigliani. El máximo tribunal decretó por una mayoría de 6 votos y otros dos la inexistencia de asociación ilícita y de falsedad ideológica en la firma de decretos presidenciales en el caso de la venta de armas a Croacia y a Ecuador. También fueron revocadas por la Corte las sentencias contra Antonio Erman González y Martín Balza. Estos seguirán detenidos porque están acusados de presunto contrabando agravado en el juzgado de Julio Speroni (fuero penal económico).

La dureza del fallo se originó en el razonamiento jurídico de Augusto Belluscio, uno de los jueces menos sospechados de favoritismo hacia el ex presidente.

Este juez experto en Derecho Civil marcó un límite muy claro no sólo para este caso sino para el juzgamiento de causas en el futuro -el propio Fernando de la Rúa tiene algunas denuncias judiciales con esta calificación-en el que estén complicados altos funcionarios de Estado y que se los quiera encuadrar dentro de una asociación ilícita para detenerlos. En ese punto la Corte llamó severamente la atención de los controvertidos Jorge Urso y Carlos Stornelli e incluso de los camaristas Martín Irurzun, Horacio Cattani y Eduardo Luraschi por dictar una prisión preventiva sin pruebas contundentes y basadas en criterios plenamente subjetivos.

Referencia

Belluscio y los cuatro jueces que lo acompañaron --Julio Nazareno, Eduardo Moliné O'Connor, Guillermo López y Adolfo Vázquez, más el voto concurrente de Antonio Boggiano-no se quedaron en el aspecto doctrinario sino que advirtieron a jueces y fiscales que no pueden desatender la jurisprudencia y el encuadramiento legal frente a opiniones no jurídicas como puede ser la de una opinión pública orientada ex profeso o por intereses de determinados medios de comunicación.

Aunque la Corte no lo nombró fue obvia la referencia a la relación informativa de Stornelli con el monopolio «Clarín» que ha abierto una causa penal en el fuero federal. También la advertencia alcanzó a la cuestionada Sala B en el fuero penal económico en el que el criticado camarista Marcos Grabviker suele ser un asiduo columnista de ese medio y hacia atrás hizo mella en el ex juez Adolfo Bagnasco que tuvo preso por esa misma calificación al ex interventor en el PAMI Víctor Alderete.

También la Corte salió a defender su propio prestigio puesto en tela de juicio cuando debe enderezar jurídicamente estas causas con alto contenido político y con activa participación de los medios de prensa. El escrito pone de manifiesto el irreparable daño producido en la sociedad
por la ligereza de tales apreciaciones que sólo crea expectativas erróneas y contribuye a la formación de «sospechas o interpretaciones torcidas a aún malévolas sobre la intención de los órganos judiciales que en definitiva hacen respetar el ordenamiento jurídico». Para los ministros, este particular criterio pretende crear delitos de la nada que posibilita la privación de la libertad de las personas, retrotrayendo la situación a la represión ilegal en el pasado cuando también se avasalló el estado de derecho. Los jueces y fiscales que incurren en esa actitud -según la Corte-sólo buscan presentarse como adalides de la lucha contra la corrupción pero sin atenerse al orden jurídico establecido cuando deberían ser los garantes de ese imperio y de la paz social.

Para que
Menem pudiera recobrar su libertad de manera inmediata como ocurrió ayer la Corte también reprobó la calificación de falsedad ideológica a los decretos del Poder Ejecutivo que permitieron la exportación de las armas y del convenio firmado entre el Ejército y Fabricaciones Militares. Los máximos jueces abundaron en explicaciones para aclarar que los decretos no son documentos testimoniales que deben acreditar el cumplimiento de determinado acto. Por otro lado, en el caso de las armas, esos decretos siguieron todo el procedimiento normativo que estable la legislación por lo que al llegar al presidente de la República no había motivos para dudar de su autenticidad, coincidiendo con los planteos iniciales de la defensa de Menem y de Yoma.

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