11 de agosto 2021 - 12:43

Terminó la quiebra de Oil Combustibles

Tras la obtención de la conformidad de sus acreedores, la Justicia dispuso el fin de la quiebra de Oil Combustibles, a la que fue empujada a partir de la asfixia financiera a la que fue sometida durante el gobierno de Mauricio Macri. A continuación el comunicado de la compañía:

Oil combustibles

Tras la obtención de la conformidad de sus acreedores, la Justicia dispuso el fin de la quiebra de Oil Combustibles, a la que fue empujada a partir de la asfixia financiera a la que fue sometida durante el gobierno de Mauricio Macri. A continuación el comunicado de la compañía:

QUIEBRA OIL - COMUNICADO V5.pdf

El Grupo Indalo retomó el control de la petrolera Oil Combustibles luego de que la Justicia comercial ordenara el levantamiento de la quiebra a través del proceso de avenimiento que prescribe la Ley 24.522 en su artículo 225. La decisión adoptada por la juez María Soledad Casazza repasó el trámite por el cual la empresa consiguió el acompañamiento de 305 acreedores, públicos y privados que prestaron conformidad para el cobro de sus acreencias y permitieron que Oil cumpla con el 100% de los requisitos fijados para salir del estado falencial. Esto incluyó acordar el pago del 99.96% de los montos adeudados bajo todo concepto, el aval explícito de la Administración Federal de Ingresos Públicos (principal acreedor por el Impuesto a la Transferencia de Combustibles), y del pago, en depósito judicial, del monto calculado de capital e intereses para el 0.04% de los 30 acreedores que no pudieron ser hallados durante el proceso.

La sindicatura interviniente en la quiebra de la empresa de Cristóbal López y Fabián De Sousa también había dado un informe favorable tras comprobar el cumplimiento de la empresa de la presentación de los acompañamientos y el depósito judicial para cubrir y desinteresar a los acreedores que no fueron encontrados, desinteresándolos por esta vía, que incluía el pago de intereses. Ese comportamiento “deja traslucir que se encuentran dados todos los recaudos legales y formales para dictar la resolución de conclusión por avenimiento”, indicaron los síndicos designados por la justicia. La jueza subrayó las “vicisitudes jurídicas, administrativas y procesales que se han visto plasmadas a lo largo del trámite del presente”.

De hecho, en ese proceso en sede comercial ocurrió la declaración de De Sousa de la cual se extrajeron testimonios para que se inicie una investigación por presunta asociación ilícita encabezada por el expresidente Mauricio Macri que tuvo, entre otros objetivos bajo análisis, generar desde el Estado las condiciones para arrinconar económica y financieramente a Oil con el fin de desapoderarla de sus activos estratégicos. Ese expediente ya tuvo su primer procesado y está en plena investigación por la jueza María Servini que dictó la captura internacional del exasesor jurídico de Macri, Fabián Rodríguez Simón. En el juicio oral que está en etapa definitoria ante el Tribunal Oral Federal N°3 también se sucedieron declaraciones de testigos que dieron cuenta del irregular tratamiento que tuvo el caso en la AFIP, principal impulsora en forzar la quiebra de la petrolera y el remate de sus activos más valiosos. Todos esos fondos quedaron depositados en una cuenta especial que la justicia ordenó se apliquen para garantizar los compromisos asumidos con el avenimiento.

Casazza también dedicó un acápite a reseñar cuáles fueron las obligaciones que AFIP requirió para conformar el levantamiento de la quiebra bajo esta modalidad y los consideró cumplimentados. La solicitud de conclusión de la quiebra por avenimiento no surgió desde el Estado, sino a pedido de la empresa de López y De Sousa que debía conseguir el acompañamiento de toda la masa de acreedores para hacer efectivo el aval que prestaba la AFIP. “Bajo tales lineamientos considerados en la resolución referida, dispuestos en su parte resolutiva, y reiterados por la representante del Fisco Nacional en el escrito mismo, es que Oil Combustibles S.A. obtuvo la conformidad para la conclusión de este proceso en los términos de la ley de la materia, artículo 225”, sentenció la jueza Casazza en un escrito de más de 60 carillas, al que accedió Ámbito.

La magistrada hizo especial énfasis en los créditos laborales, que tienen prioridad en el proceso de cobro: “Hay que decir en primer lugar que prácticamente su totalidad no ha llegado a esta instancia conclusiva. Sus créditos, han sido atendidos y satisfechos previamente”, destacó.

De esta forma, y tras obtener la “unanimidad” en que el proceso concluya de esta manera por parte de los acreedores, entre los que están empresas de primera línea, se puso fin a la quiebra que había sido decretada el 11 de agosto de 2018. Por orden de la Justicia, la empresa dejó en reserva la suma de $5.275 millones para garantizar el cumplimiento de los compromisos emanados de la decisión judicial al que se arribó.

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