Prohíben al partido de Patti presentarse en elecciones, pero el ex subcomisario insiste con su candidatura
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Luis Patti.
La fuente aseguró que en caso que la Cámara ratifique que Patti no puede presentarse a las elecciones, se trata de una "candidatura no oficializada", y por lo tanto el voto hacia él en caso de que haya boletas en el cuarto oscuro "es nulo".
En cambio, si lo habilita a competir, Patti no tendría problemas con el modelo de boletas (ahora rechazado), y además quedaría nula la resolución de la Junta.
Gaibisso indicó que "lo lógico sería que la Cámara Nacional Electoral deje en suspenso la aplicación de la sentencia", con lo cual Patti podría competir como candidato.
El abogado calificó el fallo de la Cámara que impide a Patti ser candidato como "de una ilegalidad patente y manifiesta" y "arbitraria".
"Por más que hayan empleado un montón de argumentos no puede enfrentar la letra clarísima de un convenio internacional que determina que el único impedimento para no ser candidato es ser condenado en materia penal y Patti no está condenado", aseguró.
"800 procesos no vuelven una condena", añadió el letrado, quien explicó que una copia del recurso también fue presentada ante el juez Blanco.
Ahora, pese a que los apoderados de Patti insisten con que el hecho de haber interpuesto el recurso y de por sí deja en suspenso la aplicación de la Cámara, fuentes consultadas aseguraron que el Tribunal debe expedirse al respecto.
Mientras tanto, Patti continúa preso en el penal bonaerense de Marcos Paz, luego que fuera procesado y elevado a juicio por el secuestro y desaparición del ex diputado peronista Diego Muniz Barreto.
Los jueces Alberto Dalla Vía, Rodolfo Munné y Santiago Corcuera resolvieron la semana pasada que Patti "está impedido de ejercer el cargo" teniendo en cuenta que fue desaforado en 2008 en la Cámara de Diputados por "falta de idoneidad moral" a raíz de su procesamiento por delitos de lesa humanidad.
Además, la Cámara tuvo en cuenta los tratados internacionales a los que suscribió la Argentina y que determinan que están impedidos de participar en procesos electorales aquellas personas investigadas por delitos contra la humanidad.




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