25 de septiembre 2006 - 00:00

Senado apura ahora ley penal para menores

Esta semana el Congreso comenzará a analizar la viabilidad de acordar un proyecto de ley para crear un régimen especial penal para menores que delinquen. La idea central no prevé bajar a 14 años la edad de imputabilidad.

El proyecto que maneja la Casa Rosada y que será llevado al recinto parlamentario para la discusión establece dos parámetros:

  • Cuando se trate de una franja de población de entre 14 y 17 años, se anticipa penas mínimas de apercibimiento y una máxima de hasta tres años de prisión, pero no en cárceles comunes sino en centros especializados.

  • Cuando los involucrados sean menores entre 16 y 17 años la pena máxima será de cinco años de prisión. En caso de haber cometidos delitos como robo con armas, lesiones graves y homicidios estarán comprendidos en el mismo régimen para mayores de 18 años.

  • El actual régimen penal juvenil contempla la imputabilidad parcial para los menores de 16 a 18 años, salvo para casos donde se cometieron delitos con condenas privativas de la libertad superiores a los dos años.

    El régimen de penalidades para menores está siendo observado por tribunales internacionales. De hecho, recientemente, el Estado argentino fue advertido por contravenciones a la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño. En especial referido a la aplicación de la pena de prisión perpetua en menores de edad. En tal sentido, ha sido llamado a acogerse a los pactos internacionales ratificados en la última reforma constitucional. La Convención sobre los Derechos del Niño en conexión con el artículo 19 de la Convención Americana, contiene diversas disposiciones que -según los observadores internacionales- guardan relación con la conducta que el Estado debió haber observado.

    En ese orden apuntan que el artículo 37 establece que los Estados parte velarán porque, entre otras cuestiones, no se impongan la pena ni la de prisión perpetua sin posibilidad de excarcelación por delitos cometidos por menores de 18 años. Y que la detención, el encarcelamiento o la prisión de un niño se llevará a cabo de conformidad con la ley y se utilizará tan sólo como medida de último recurso y durante el período más breve que proceda. En particular, disponer que todo menor privado de libertad estará separado de los adultos, a menos que ello se considere contrario al interés superior del afectado. El Estado argentino ha sido reprendido por infringir esta disposición. Según informes oficiales en la Argentina hay 19 mil menores de 21 años privados de su libertad. El 12% de ese número tiene causas penales y no todos están separados de los adultos.

    La legalidad o constitucionalidad de la Ley de Menores 22.278 que regula el régimen penal para esa parte de la población fue cuestionada en las dos últimas audiencias del juicio por el crimen de Axel Blumberg.

    La semana pasada, el ministro de Justicia, Alberto Iribarne, anunció la intención del gobierno de «crear un régimen especial» de responsabilidad penal para menores de entre 14 y 18 años, pero sin incluir un descenso en la edad para declarar imputable a un adolescente. En el Senado existen cuatro proyectos que van en esa dirección. Y sólo uno que propone bajar a 14 años la edad de imputabilidad. Los expedientes serán considerados en una reunión conjunta de las comisiones de Justicia y Asuntos Penales; Seguridad Interior y Narcotráfico y de Desarrollo Humano.

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