12 de noviembre 2025 - 09:32

Prorrogan la emergencia agropecuaria en distritos bonaerenses afectados por inundaciones

El Ministerio de Economía extendió hasta el 28 de febrero de 2026 el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en zonas rurales de Bolívar, Nueve de Julio, Carlos Casares y Tapalqué.

Bolívar, Nueve de Julio, Carlos Casares y Tapalqué sufriendo fuertes inundaciones.

Bolívar, Nueve de Julio, Carlos Casares y Tapalqué sufriendo fuertes inundaciones.

Infocampo

El Ministerio de Economía oficializó este miércoles la prórroga del estado de emergencia y/o desastre agropecuario en diversas circunscripciones rurales de los partidos bonaerenses de Bolívar, Nueve de Julio, Carlos Casares y Tapalqué, afectadas por inundaciones.

La medida fue dispuesta mediante la Resolución 1776/2025, firmada por el ministro Luis Caputo y publicada en el Boletín Oficial, en el marco de la Ley N° 26.509 y su decreto reglamentario.

El texto establece que el período de emergencia se extenderá desde el 1° de septiembre de 2025 hasta el 28 de febrero de 2026, y determina esa última fecha como finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias alcanzadas por la medida.

La decisión se adoptó tras el pedido formal de la provincia de Buenos Aires, presentado ante la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios, que recomendó la prórroga “con el alcance propuesto por la provincia” luego de analizar la situación en las zonas afectadas.

Los productores que deseen acceder a los beneficios previstos en la Ley 26.509 deberán presentar un certificado extendido por la autoridad provincial competente, que acredite que sus predios se encuentran comprendidos en el área declarada en emergencia.

Asimismo, el Gobierno bonaerense deberá remitir a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de productores afectados junto con las certificaciones emitidas.

La resolución instruye además a las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas, y a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a adoptar las medidas necesarias para que los productores comprendidos gocen de los beneficios previstos en la normativa vigente.

Por último, se faculta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía a celebrar los convenios necesarios para la ejecución de la medida, que entra en vigencia a partir de hoy.

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