29 de diciembre 2009 - 09:16

La Justicia obligó a Estudiantes a detener las obras de su estadio

Estudiantes quiere volver a ser local en su antigüa cancha de 57 y 1.
Estudiantes quiere volver a ser local en su antigüa cancha de 57 y 1.
La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires hizo lugar al recurso de inaplicabilidad de ley que en su momento interpuso la Asociación Civil "Hoja de Tilo" y resolvió la suspensión de las autorizaciones que permitían modificar el estado físico y jurídico del "Paseo del Bosque", por lo cual Estudiantes deberá detener las obras del nuevo estadio ubicado en 57 y 1.

La decisión de la mayoría de la Corte, conformada por los jueces Hilda Kogan, Héctor Negri, Eduardo Pettigiani y Luis Genoud, se basó en "la necesidad de proteger y preservar el medio ambiente y en el entendimiento de que es función de los jueces velar porque el interés general no sufra daños de difícil o imposible reparación ulterior".

Los ministros consideraron que en el caso debía tenerse en cuenta "la trascendencia del bien jurídico afectado y el impacto que sobre el medio ambiente podrían tener ciertos proyectos u obras, dando prioridad al principio precautorio o preventivo, de vital importancia en materia ambiental".

En la resolución se entendió "verosímil la vulneración de los derechos consagrados por los artículos 28 de la Constitución de la Provincia y 41 de la Constitución Nacional" y se estimó que, a fin de evitar daños irreparables, correspondía mantener la medida cautelar dictada por el juez de primera instancia, destinada a "prevenir la consumación de un daño irreparable".

Por su parte la minoría, integrada por los ministros Eduardo de Lázzari y Juan Carlos Hitters, consideró "trascendente el hecho de que en este caso no se haya dado -hasta el presente- intervención alguna a instituciones alcanzadas por la medida cautelar, y que en esas condiciones el pleito se encontraría indebidamente compuesto, en tanto el juicio no debió iniciarse sólo contra la Municipalidad de La Plata".

En definitiva, los mencionados jueces sostuvieron que en estas condiciones la suspensión de la obra constituiría violación del debido proceso y la defensa en juicio de las instituciones deportivas". El ministro Daniel Fernando Soria no votó por encontrarse excusado.

Inicialmente, la justicia contencioso administrativa platense hizo lugar al planteo de la entidad ambientalista y, a fines del paño pasado, dictó una medida que obligaba a Estudiantes a frenar los trabajos ya iniciados.

Pero en febrero del presente año y ante una apelación presentada por la comuna local, que aseguró en la presentación que la remodelación del estadio de 57 y 1 no ponía en riesgo el medio ambiente, la Cámara del fuero contencioso administrativo dictó una resolución en la que dejó sin efecto la medida cautelar que se había dispuesto en primera instancia.

De esta manera el club platense pudo continuar con las obras de remodelación. Pero la ONG "Hoja de Tilo" apeló la decisión de la Cámara, la que llegó hasta la Corte, que hoy falló a su favor.

El club Estudiantes había avanzado, con intervalos, en la ejecución de las obras proyectadas, y tras levantarse la tribuna que da espaldas a la calle 57, ahora se estaba trabajando en el sector de calle 115, vale decir donde anteriormente se encontraban el palco oficial y los vestuarios de los equipos.

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