AFJP: mayor interés por seguros offshore
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Dada la flexibilidad de estos productos financieros cada persona adecua la porción que destina al ahorro de la prima anual. En promedio la gente destina 75% a la capitalización.
Si bien la normativa vigente establece la prohibición de contratar seguros en el exterior, los riesgos inherentes frente a otra confiscación, «corralitos» o pesificaciones parecen no ser tan relevantes. Además, aquellos que informen estos seguros en sus declaraciones a la AFIP no deberían tener demasiados inconvenientes, dado que ese organismo no fiscaliza la Ley de Seguro y por ende la prohibición de contratar en el extranjero.
Los mecanismos para efectuar el pago de la prima son los tradicionales, ya que deben ser cancelados con dólares físicos en la plaza local o bien vía transferencia a cuentas en el exterior. Ahora también se permite hacerlo a través de una tarjeta de crédito internacional o con una tarjeta de débito local.
El producto más demandado en el presente es la combinación de un seguro temporario (por 20 a 25 años promedio) con un plan de capitalización que hoy ofrece rendimientos anuales de 4% a 5% anual. En general garantizan un retorno de 3% anual. Pero las legislaciones imperantes en los respectivos paraísos establece una garantía de 90% (en el caso de la isla de Man) a 100% (Bermudas) de lo que tenga en la cuenta el asegurado.
Eso sí, por tratarse de inversiones ultraconservadoras aplican una altísima quita por retirarse del plan en los primeros años.
«Una persona debe calcular alrededor de 7% de su ingreso anual para destinarlo a esta cobertura», señala otro agente.



