18 de diciembre 2001 - 00:00

Bancos estudian cómo tomar bonos por deuda

La posibilidad de cancelar deuda bancaria con bonos ya fue reglamentada por el BCRA, pero las entidades recién comenzaron ayer a analizar en detalle la reglamentación. Como el texto de la disposición oficial se conoció sobre el fin de semana, recién ayer llegó en manos de las entidades.

De todas formas, los deudores tendrán plazo hasta el 28 de febrero para adherirse al régimen, que puede significar un ahorro a la hora de pagar la deuda bancaria de hasta 70%. Esto es así porque los bonos comprados a valor de mercado son considerados a valor nominal para la cancelación del monto adeudado.

Estas son las principales características del esquema que se puso en marcha:

• Las empresas e individuos en categoría 4, 5 y 6 (es decir con deudas atrasadas por más de 180 días) deben ser aceptados obligadamente por los bancos si se presentan a cancelar su deuda con títulos.

• En cambio, en el caso de los que están clasificados como 1, 2 y 3 (atraso inferior a seis meses) su aceptación es optativa para los bancos. Esto significa que las entidades tienen la posibilidad de decidir si aceptan o no el pago de la deuda con títulos.

• La única condición para presentarse es no tener deudas impagas con la AFIP al 30 de setiembre. En caso contrario, las compañías deberán entregar sus acciones como garantía de los impuestos adeudados.

• Las deudas pueden cancelarse total o parcialmente con títulos públicos. Se toma en cuenta el monto al 2 de noviembre. Cualquier deuda contraída con posterioridad no entra en este esquema.

• Los deudores de fideicomisos financieros también pueden adherirse al sistema de pago con bonos. Esto se aplica, por ejemplo, a los que tienen un crédito hipotecario que fue securitizado, pasando a un trust.

• Los bancos tendrán la opción de canjear los títulos que reciban por nuevos préstamos garantizados. Si lo hacen, podrán contabilizarlos a 100% del valor nominal, evitando las pérdidas.

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