El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) oficializó la eliminación de la Tarifa Social en la boleta de gas y puso en marcha un nuevo esquema de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) que comenzará a aplicarse en las facturas emitidas desde el 1° de febrero de 2026.
Chau Tarifa Social: cuánto costará la boleta de gas a partir de ahora
La Resolución 101/2026 eliminó la segmentación por niveles de ingresos y obliga a los usuarios reinscribirse antes de junio para mantener la asistencia en las facturas.
-
Reglamentan nuevo esquema de subsidios al gas y derogan la Tarifa Social
-
La infraestructura energética de Irán: en el podio de productores de petróleo y la reserva de gas más grande del mundo
El esquema reemplaza los niveles N1, N2 y N3 por solo dos categorías: hogares con y sin subsidio.
La medida, reglamentada mediante la Resolución 101/2026 (publicada en el boletín Oficial), en línea con el Decreto 943/25, deja sin efecto el sistema de segmentación por niveles de ingresos (N1, N2 y N3) y unifica la asistencia estatal bajo un único criterio.
Desde ahora, solo se subsidiará el consumo considerado indispensable y el resto se pagará a precio pleno, lo que puede traducirse en aumentos para muchos hogares que antes accedían a bonificaciones, más en los meses de mayor demanda.
ENARGAS reglamentó el nuevo esquema sin Tarifa Social
La norma reglamenta técnicamente el régimen SEF y deroga disposiciones anteriores, entre ellas las resoluciones 362/2020, 363/2020 y 125/2025, que sostenían el esquema previo.
Desde el ENARGAS explicaron que, con la entrada en vigencia, dejó de tener sentido sostener los controles vinculados al diferencial del precio del recurso en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST).
Ese mecanismo generaba una brecha entre el valor reconocido a las prestadoras y el precio final aplicado a determinados usuarios, como las Entidades de Bien Público (EBP).
A partir del 1° de febrero de 2026, las distribuidoras y subdistribuidoras deberán diferenciar en sus declaraciones los volúmenes consumidos con subsidio y sin subsidio, aplicando el Precio Anual Uniforme (PAU) vigente.
Las empresas que compran gas directamente estarán obligadas a presentar, dentro de los 10 días corridos posteriores al cierre de cada mes, una declaración jurada con el detalle porcentual de consumos de los usuarios.
Las firmas que no adquieren el recurso por cuenta propia deberán informar esos datos a la distribuidora zonal dentro de los 5 días posteriores a la liquidación mensual.
Los documentos estarán sujetos a controles de auditoría. Y, en caso de inconsistencias, no se informará a la Secretaría de Energía hasta que se regularicen las diferencias detectadas.
El nuevo régimen también mantiene el mecanismo unificado de compensaciones previsto en el Decreto 892/20. Las bonificaciones aplicadas sobre el PAU se descontarán de las sumas que las empresas deban pagar a las productoras, incluidas las del Plan Gas.Ar y Energía Argentina S.A. (ENARSA), y luego serán compensadas directamente por la Secretaría de Energía.
Además, el sistema incorpora formalmente al gas licuado de petróleo (GLP) por redes dentro del esquema focalizado, ampliando el alcance técnico del proyecto aunque eliminando las categorías diferenciadas de usuarios que existían hasta ahora.
En paralelo, quien recibían la Tarifa Social y también los que estaban alcanzados por el ex Programa Hogar tendrán tiempo hasta junio para completar el formulario obligatorio de traspaso al SEF.
El trámite debe realizarse de manera online a través del sitio oficial del Gobierno nacional (https://subsidios-energia.argentina.gob.ar/.) y es indispensable para mantener la asistencia en la factura.
- Temas
- Gas







Dejá tu comentario