4 de diciembre 2001 - 00:00

Comenzaron los controles (todavía discretos) al que viaja al exterior

Como mecanismo para evitar la fuga de capitales, la Aduana comenzó ayer a controlar que los argentinos que viajaban al exterior no llevaran consigo más de 1.000 dólares en sus bolsillos.

La medida fue dispuesta en el aeropuerto de Ezeiza, en el puerto de Buenos Aires y en los pasos fronterizos, donde los ciudadanos debieron sortear controles selectivos y al azar dispuestos por la Aduana. En el caso de Ezeiza, los controles abarcaron requisas personales y la utilización del sistema inteligente denominado «canal verde» por el cual cada persona que sale del país debe apretar un botón que activa un semáforo: si se enciende la luz verde, el viajero no será controlado pero si se activa el rojo, podrá ser revisado por personal de la Aduana o de la AFIP. Este método se venía usando para los que ingresaban en el país y ahora se hará masivo para los que viajen al exterior.

En las fronteras se controló tanto a personas como a los ración negativa, de manera que cada uno declare no llevar más de 1.000 dólares al exterior. Además de ese monto de dinero en efectivo por persona se pueden llevar travellers checks (cheques de viajero) y tarjetas.

Se aclaró que en caso de que el jefe de familia viaje acompañado del grupo familiar, el monto máximo establecido, es decir de 1.000 dólares, deberá ser considerado para cada uno de los integrantes mayores de edad.

En el caso de los que ingresen en el país, éstos deberán realizar una declaración jurada de valores cuando el monto supere los 10 mil dólares. Y si se comprobase la falsedad de la declaración hecha por el viajero, se procederá al secuestro del excedente.

• Riesgo

«El que viaja debe saber que si sale del territorio argentino con más de 1.000 dólares se está arriesgando a la pérdida por decomiso porque está sacando del país una mercadería prohibida», dijo ayer César Albrisi, director general de la Aduana.

Los que violen esta medida podrían incurrir, además, en el delito de contrabando con penas que van desde los seis meses hasta los ocho años de prisión.

Según las disposiciones del Código Aduanero en sus artículos 947 Y 951,
una persona que saque del país más de 1.000 y hasta 5.000 pesos sólo podría ser pasible de una infracción denominada de «contrabando menor», un delito que se investiga y se sustancia en la Aduana y que, por lo tanto, no es privativo de la libertad. Sin embargo, prevé sanciones o multas cuyo valor asciende a dos veces el monto del dinero que se incaute.

Si se superan los 5.000 dólares, el delito entra en el ámbito de la Justicia con penas privativas de la libertad y con multas de 4 a 20 veces el valor del dinero decomisado.
Incurrir en este delito trae aparejada una serie de inhabilitaciones para ejercer el comercio, la importación y la exportación o como despachante de aduana, entre otras.

La pena privativa de la libertad se agrava en el caso de que en el contrabando (en este caso de divisas) intervengan más de tres personas, o sea un funcionario aduanero o un miembro de la administración pública.

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