COMUNICACIÓN "A" 3577 SOBRE OPERACIONES DURANTE FERIADO BANCARIO (23/04/2002)
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La economía sufrió un freno en febrero y la industria volvió a ser el sector más golpeado, con caídas de hasta 11%
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Negocian préstamo para cubrir vencimientos, interna opaca festejo por YPF, pero mejora el clima para el segundo trimestre
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COMUNICACION " A " 3577 I 23/04/02
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A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
RUNOR 1 - 543.
Feriado bancario y cambiario hasta
el 25.4.02. Habilitación de opera-
ciones
A los efectos de su mejor cumplimiento, la operatoria a que se refiere el punto 1. podrá realizarse en lugares de pago alternativos."
Por otra parte, en relación con los fondos que se destinen al pago de prestaciones previsionales y sociales, les señalamos que en autos caratulados "Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos y otros c/Banco Central de la Republica Argentina s/Medidas Cautelares" (Expte. 14.501/2002) que tramitan ante el Juzgado Federal de 1ra. Instancia de la Seguridad Social NÊ 7, el Sr. Juez Federal Dr. Rodolfo Mario Milano resolvio "......que la totalidad del dinero afectado a la operatoria del pago que se habilita deviene inembargable con la salvedad, si correspondiere, de los extremos de los decretos 6.754/1943, 9.472/1943, art. 14 Ley 24.241, art. 219 inc. 3Ê del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, cuando el titular del beneficio sea en forma expresa sujeto pasivo de la obligación exigible,.....".
Saludamos a Uds. muy atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Alfredo A. Besio
Gerente de Emisión de Normas
Jose Rutman
Gerente Principal de
Normas y Autorizaciones




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