Los ahorristas que opten por desprogramar los CEDRO no pierden el derecho a continuar con los recursos de amparo. Así lo dispuso en las últimas horas la Sala I en lo Contencioso Administrativo.
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A través de este fallo, se determinó que no es necesario renunciar a los recursos de amparo para retirar fondos del «corralón». Es decir, que quien acepte la propuesta del gobierno y desprograme los CEDRO podrá, de todas formas, seguir con las acciones judiciales en curso.
En rigor, el fallo de la Sala I en lo Contencioso Administrativo ratifica un fallo en este sentido en primera instancia. La decisión -que lleva la firma de los camaristas Bernardo Licht, Néstor Bujan y Pedro José Coviello- surge como consecuencia de un juicio realizado por un ahorrista al BankBoston.
El dato no es menor, porque en la práctica con esta resolución judicial los bancos deberán abstenerse de hacer firmar a los ahorristas un documento desistiendo de sus amparos en el momento de aceptar la desprogramación de los CEDRO. Se trata de una práctica hasta el momento habitual en la mayoría de las entidades financieras, pero que ahora no tienen fundamento legal.
«No advirtiéndose cuál puede ser el sustento constitucional que pueda justificar el impedir a los ahorristas, mientras se sustancia el juicio, el uso y goce de sus derechos, respecto de sus depósitos; se exhibe carente de razonabilidad toda tentativa tendiente a rechazar el dictado de una medida cautelar», afirma el dictamen.
En este sentido, vale destacar que la principal barrera para una mayor adhesión de los ahorristas a la propuesta de apertura del «corralón» son los amparo en curso. Es que hasta ahora muchos ahorristas desistían de desprogramar sus CEDRO, previendo que con ello deberían resignar los recursos judiciales presentados.
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