Finalmente se conoció ayer la metodología para calcular el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER). Se dará a conocer por el Banco Central el día 7 de cada mes y se construirá en base a la información que difunda el INDEC acerca de la evolución diaria de los precios minoristas.
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A partir del día 7 y el último día del mes, el CER se actualizará de acuerdo con un Factor diario que estará determinado por promedio (media geométrica que tiene más sentido para promediar tasas de variación) calculada sobre los cambios del índice de precios al consumidor en el mes anterior al que se quiere determinar el CER y dos meses anteriores al actual. Es decir se indexará de acuerdo a la variación entre la inflación del mes inmediatamente anterior y la de dos meses atrás.
El valor de ese factor diario se calculará día por día y sobre ese valor se establecerá el CER, por lo cual también habrá una tabla diaria de este coeficiente.
• Día por día
El valor del CER del día inicial será 1. Por lo tanto si el factor diario del segundo día fuera 1.001, el valor del CER de ese día surge de multiplicar el nuevo factor diario por el CER del primer día (es decir 1.001 x 1 = 1.001). A la vez, si el factor diario del día 3 fuera 1.002, el CER de dicho día será 1.003 (que surge de multiplicar 1.002 x 1.001). En el ejemplo propuesto, sobre una deuda de $ 10.000 el tercer día el capital aumentaría a $ 10.030.
Según explica la resolución 47/2002 del Ministerio de Economía publicada ayer en el Boletín Oficial, dada una tabla de CER diarios, también se podrá computar el ajuste entre dos fechas. Si el CER de la fecha inicial fuera 1.015 y el CER de la fecha a la cual se quiere calcular la indexación fuera 1.04, el factor a aplicar surge del cociente del día de actualización y el coeficiente del día inicial, es decir, 1.04 dividido 1.015, lo cual arrojaría un valor de 1.024.
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