6 de octubre 2025 - 07:56

El Consejo Federal Pesquero prorrogó por 180 días la reducción del arancel para capturas procesadas en tierra

La medida extiende la reducción del 70% en el Derecho Único de Extracción para los volúmenes destinados a plantas en tierra, con excepción del calamar, el abadejo y los condrictios.

La industria pesquera denunció la violación del Zona Económica Exclusiva Argentina (ZEEA)

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El Consejo Federal Pesquero (CFP) resolvió prorrogar por 180 días corridos la reducción del arancel aplicable al Derecho Único de Extracción (DUE) para las capturas que se procesen en establecimientos ubicados en tierra.

La decisión, formalizada mediante la Resolución 12/2025 y publicada este lunes en el Boletín Oficial, mantiene vigente la disposición transitoria que había sido establecida por la Resolución 4/2025 del mismo organismo, que elevó de manera temporal la reducción del canon del 50% al 70%.

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La medida se dictó en el marco de lo dispuesto por los artículos 7° inciso l), 9° inciso i) y 29 de la Ley Federal de Pesca N° 24.922, que establece que el ejercicio de la pesca en aguas bajo jurisdicción argentina está sujeto al pago del Derecho Único de Extracción (DUE) fijado como canon administrativo por el CFP.

Cuál es el alcance del beneficio

El beneficio alcanza a los volúmenes de pesca que se destinen al procesamiento en plantas terrestres, con la excepción del calamar (Illex argentinus), el abadejo (Genypterus blacodes) y los condrictios (peces cartilaginosos), que mantienen el tratamiento previo.

El CFP consideró “oportuno” extender la vigencia de esta medida transitoria, que busca incentivar el procesamiento en tierra y fortalecer la actividad industrial vinculada al sector pesquero.

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El beneficio busca incentivar el procesamiento de capturas en plantas terrestres.

El beneficio busca incentivar el procesamiento de capturas en plantas terrestres.

Qué establece la Resolución

La Resolución 12/2025 establece en su artículo 1° que se prorroga por 180 días la suspensión dispuesta en el artículo 1° y la disposición transitoria del artículo 2° de la Resolución CFP N° 4/2025. En el artículo 2° se indica que la norma entra en vigencia desde la fecha de su publicación y en el artículo 3° se dispone su comunicación, publicación, remisión a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivo.

La resolución fue firmada por los integrantes del Consejo Federal Pesquero: Paola Andrea Gucioni, Carlos Damián Liberman, Andrés Arbeletche, Ricardo Ancell Patterson, Carlos Cantú, Sergio Edgardo Paleo, Arturo Idoyaga Molina y Juan Antonio López Cazorla, y entró en vigor a partir de su fecha de publicación.

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