La Justicia declaró ilegítimo e ilegal el convenio colectivo que la empresa Química Epsilon S.A., de Hurlingham, junto con la Cámara de Industrias Químicas y Petroquímicas (CIQYP) y las autoridades del Ministerio de Trabajo habían celebrado, lo que permitía hacer retenciones sobre el salario de los trabajadores a un sindicato que no tiene afiliados ni competencia regional. Así, el Tribunal de Trabajo No 2 del Departamento Judicial de Morón, integrado por los Doctores María Alejandra Amaya, Graciela Alicia Porta y Raúl Floreal Esteban anuló dicho convenio que producía un doble descuento salarial ilegal para los 250 empleados de la química Epsilon.
Fallo contra sindicato por acuerdo en química Epsilon
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El fallo señala que el 19 de julio de 2021 se suscribió de modo palmariamente ilegítimo un convenio colectivo (el 790/21) entre el Sindicato del Personal de Industrias Químicas y Petroquímicas de la Ciudad de Buenos Aires y Zonas Adyacentes con la Cámara Argentina de Industrias Químicas y Petroquímicas, por fuera del ámbito de representación gremial del Sindicato en cuestión, en un claro avance respecto de la personería gremial ostentada por la F.A.T.I.Q.Y.P.


