La Comisión Nacional de Valores (CNV) redefinió los criterios y requisitos para los directores independientes, con el fin de fortalecer el gobierno corporativo en el mercado de capitales.
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Lo hizo a través de la Resolución General 730, con la finalidad de mejorar los estándares de gobierno corporativo en las sociedades reguladas. Mediante esta normativa, la CNV redefinió el concepto de director independiente, adaptándolo a las mejores prácticas internacionales sin perder de vista las características del mercado local.
"En particular, se modifican los criterios y requisitos exigibles para que los miembros de los órganos de administración de las sociedades que hagan oferta pública de sus acciones puedan ser considerados independientes", indicó el organismo.
Destacó que "la nueva definición tuvo en cuenta aportes de un grupo de trabajo de actores del mercado y expertos locales e internacionales, y fue luego sometida a consulta pública, garantizando el consenso y la pluralidad en la participación".
La modificación introducida precisa que "se considerará que reviste la calidad de independiente aquel director cuya principal relación material con la emisora sea su cargo en el órgano de administración en el que se desempeña".
Indica que "será designado teniendo en cuenta su trayectoria profesional, idoneidad, conocimientos calificados, independencia de criterio, económica y de intereses, considerando además que pueda desempeñar sus funciones de forma objetiva e imparcial".
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